¿SIRVEN COMO PRUEBA LAS CONVERSACIONES EN LAS REDES SOCIALES?

Publicado: 24/05/2015

Abogados penalistas en Bilbao

Delitos en las redes sociales

 

Acabamos de conocer la noticia relativa a que el Tribunal Supremo ha otorgado validez, como prueba en un proceso penal, a una serie de mensajes intercambiados en una red social.

Se trata de un supuesto de hecho bastante habitual en el ámbito actual del Derecho Penal, puesto que se está incrementando de manera exponencial el número de infracciones penales que han pasado a cometerse al amparo del teórico anonimato que ofrece Internet.

Además, las Redes Sociales también se están consolidando como una forma de comunicación y, dentro de dicho escenario, en una «gran plaza pública» en la que poder intercambiar información, pensamientos e incluso confesiones.

¿La información contenida en una Red Social sirve como prueba en un proceso penal?

Partimos de la premisa de que cualquier prueba puede servir en un proceso penal, en orden a acreditar una comisión delictiva.

Por lo tanto, aunque en el caso de Internet su soporte sea «virtual», su utilización es perfectamente posible y su aportación debiera ser admitida por el órgano instructor.

¿Cómo debe aportarse una prueba de este tipo?

En principio, y siempre que su veracidad pudiera ser apoyada a través de otro tipo de pruebas adicionales (el testimonio de personas que hayan participado en dicho intercambio de información – en una conversación virtual – por ejemplo), un simple «pantallazo» podría servir para probar que una infracción ha sido cometida.

Aún así, es aconsejable la adopción de cautelas adicionales para garantizar, frente a terceros, que dicha información no ha sido manipulada.

Algunas de dichas cautelas podrían ser las siguientes:

  • Certificación notarial que acredite el contenido y su ubicación.
  • Grabación del contenido en soporte digital, indicando la ubicación originaria del archivo (indicando dónde se encuentra alojado el contenido original).
  • Puesta a disposición de la autoridad judicial de las claves personales del usuario, en orden a poder acceder al servidor (hotmail, gmal, twitter, facebook,..), a los efectos de comprobación oportunos.

En plena era de la sociedad de la información, los Juzgados están intentando adaptarse a los nuevos usos sociales y, dentro de los mismos, al hecho de que debe intentar garantizarse que ningún hecho delictivo cometido a través de internet quede impune.

Del mismo modo, y tal como decíamos al principio de este post, también debemos empezar a entender que, en estos momentos, las relaciones interpersonales se han convertido en cuasi virtuales y que, por lo tanto, aquello que las personas viven y expresan en las Redes Sociales, forma parte de su realidad.

Como en la vida, las «reglas del juego» de los procesos judiciales, sobre todo en aquello relacionado con la tecnología, han variado mucho en los últimos diez años y los abogados penalistas de nuestro Despacho de Bilbao, cuentan no solo con conocimientos jurídicos especializados, sino con habilidades informáticas que les permiten analizar y enfrentarse a este tipo de asuntos con total eficacia.

Estamos a vuestra disposición.

Iuris Bilbao Abogados

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