EL EJERCICIO PRÁCTICO DE LA CUSTODIA COMPARTIDA

Publicado: 05/01/2015

custodia compartida

Custodias compartidas…

 

Comenzamos el año con el anuncio por parte del Gobierno de la inminente aprobación de la Ley para el Ejercicio de la Corresponsabilidad Parental, en la que se va a establecer como opción ‘preferente’ el sistema de custodia compartida en los procesos de divorcio con hijos menores.

Debe indicarse que, en estos momentos, la custodia compartida solo se otorga en los supuestos en los que existe acuerdo expreso entre los progenitores o cuando, sin ese ‘consenso’ y a criterio del juez, sea la opción más beneficiosa para el interés superior del menor (el Tribunal Supremo acaba de precisar que no se otorgará en los supuestos en los que no exista un ‘respeto mutuo’ entre los progenitores y tampoco se concede cuando uno de ellos se encuentra incurso en un proceso penal por haber atentado contra la integridad física o moral del otro cónyuge o de los hijos que convivan con él o cuando existan indicios de violencia doméstica).

Es decir, suelen ser pocos los supuestos en los que se concede la custodia compartida pero, ¿Cuáles son los motivos de ello?

En primer termino, para que se conceda una custodia compartida, hay que pedirla y, en la practica, no son muchos los progenitores que, tras sopesarlo pausadamente, deciden solicitarla.

En segundo lugar, la custodia compartida solo funciona realmente cuando ambos progenitores (superados los primeros episodios de «frustración y rencor») se comprometen a ‘hacerla funcionar’ y a renunciar a sus ‘aspiraciones’ individuales, en pro de los intereses de sus hijos.

La custodia compartida no es una ‘panacea’ y requiere de un mínimo de entendimiento entre los padres o, al menos, de que uno de ellos sea capaz de ceder.

En la práctica, tener la custodia compartida supone participar en la vida diaria y en el desarrollo personal y social de los hijos ‘a partes iguales’, lo que significa que, cada semana, cada quince días o cada mes, cada padre entre y salga del domicilio en el que residen los menores o que sean éstos quienes se desplacen a las viviendas de sus progenitores.

La primera de las opciones es compleja y suele generar muchas ‘tensiones’ entre los adultos, puesto que resulta difícil mantener espacios de privacidad cuando se comparten armarios…

Además, lo lógico es que las personas rehagan su vida y tengan nuevas relaciones y ello suele ser un ‘foco’ de conflictos, puesto que en la vivienda pasarían a convivir con los menores, por periodos sucesivos, los ex-cónyuges con sus nuevas parejas.

La segunda de las opciones (que sean los menores quienes se trasladen), a priori, es más factible y posibilita que la vivienda familiar no se vincule a la custodia de los hijos, pero, en la practica, puede generar problemas:

Por ejemplo, si los menores son adolescentes y las viviendas de los padres no están en el mismo entorno, éstos pueden mostrarse reticentes a cumplir con los periodos de ‘alternancia’ previstos y, si los padres no son lo suficientemente flexibles, el sistema de custodia compartida estará abocado al fracaso.

La pregunta es:

¿Es la custodia compartida una opción que realmente beneficia el desarrollo y el interés superior de las menores?

La respuesta no está clara:

Debe analizarse su efectividad en cada caso y, desde luego, reflexionar acerca de su viabilidad en el medio y largo plazo.

Los padres y madres tienen todo el derecho a querer seguir responsabilizándose y cuidar de sus hijos e hijas aunque hayan puesto fin a su vínculo afectivo, pero los menores no pueden convertirse en caprichos, ni en experimentos y, por lo tanto, debe tenerse muy claro que la custodia solicitada va a ejercerse de un modo coherente y al margen de todo tipo de ‘conflictos’ entre ellos.

Cada vez son más las custodias compartidas que tramitan los abogados matrimonialistas de nuestro Despacho de abogados de Bilbao, tanto al inicio de un proceso de separación o divorcio, como en las posibles modificaciones de medidas posteriores, así que, si necesitáis asesoramiento y un trato personalizado, no dudéis en contactar con nosotros.

Iuris Bilbao Abogados

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