¿QUÉ SUCEDE SI SE INCUMPLE UN CONVENIO O UNA SENTENCIA DE DIVORCIO?

Publicado: 15/12/2014

Separaciones y Divorcios en Bilbao

Divorcio y régimen de visitas…

 

Atención! Última actualización legal sobre esta materia disponible en: http://iurisbilbao.es/por-que-se-puede-denunciar-incumplimiento-de-visitas-abogados-bilbao/ 

Estamos a punto de iniciar la época de vacaciones de Navidad y eso, en el ámbito del Derecho de Familia, supone la posibilidad de que surjan problemas respecto al régimen de visitas establecido en los diferentes Convenios o Sentencias de Divorcio.

Aprovechando ese punto de partida y teniendo en cuenta que son muchas las consultas que, sobre esta temática, resuelven los abogados matrimonialistas de nuestro despacho de abogados de Bilbao, a continuación os explicamos las consecuencias que pueden surgir por el incumplimiento de los pactos establecidos en un Convenio de separación o divorcio o de lo establecido en una Sentencia de divorcio.

Ante un incumplimiento por ejemplo, del desarrollo del régimen de visitas, la parte agraviada puede interponer una denuncia ante el Juzgado de Guardia o en una Comisaría, lo que dará lugar (siempre que sea admitida a trámite y que no pueda ser ‘solucionado’ por la vía de la mediación penal) a un juicio de faltas por el que podrá ser impuesta una multa en caso de probarse un incumplimiento intencionado y ‘voluntario’ de dicho régimen (por comisión de una falta tipificada en el artículo 618 del Código Penal).

Si se tratara de un incumplimiento reiterado y persistente y nos encontramos ante un Convenio homologado judicialmente o ante una Sentencia que pusiera fin a un proceso contencioso, también podría acudirse a la vía civil a través de una Demanda de Ejecución de Sentencia.

Demanda en la que se solicitará al juez que dictó la Sentencia de Divorcio o que homologó el Convenio firmado entre las partes, que dicte una orden de ejecución en la que se requiera a la parte incumplidora para que deponga su comportamiento bajo el apercibimiento de que, de no acatarse dicha orden, podría incurrirse en un delito de desobediencia, en la imposición de penas de multa e incluso en la posibilidad de modificarse el régimen de custodia o el régimen de visitas establecido.

Es decir, salvo que las partes acuerden voluntariamente el incumplimiento de un Convenio o de una Sentencia, estas resoluciones están para respetarse y por lo tanto, una falta injustificada de cumplimiento, puede tener consecuencias legales graves.

Por ello, os recomendamos que si consideráis que las condiciones que existían en el momento de tramitar vuestra separación o divorcio han variado, interpongáis una Demanda de Modificación de Medidas y no incumpláis, sin más, vuestro Convenio o Sentencia.

Lo primero que debe intentarse es un acuerdo entre las partes (sobre todo, por el bien de los hijos comunes) pero de no ser posible, hay que hacer las cosas del modo más correcto posible y eso pasa por poner en conocimiento del Juzgado, cuanto antes, el incumplimiento y los motivos del mismo, para que sea el juez quien determine si debe modificarse o no, por ejemplo, el régimen de visitas establecido.

Dicho régimen puede haber devenido ineficaz por no ajustarse a las nuevas necesidades de los menores (los niños van creciendo y debe respetarse su desarrollo personal y social) o que éstos se nieguen a cumplirlo y que deban ser escuchados, puesto que, a partir de ciertas edades (14, 15 o 16 años) puede resultar materialmente imposible obligarles a llevarlo a cabo.

Os insistimos en que, si os encontráis en alguna de estas situaciones, no toméis decisiones precipitadas y que consultéis la forma de solucionarlo sin incurrir en incumplimientos.

Nuestros abogados de Bilbao, expertos en divorcios y en procesos de familia, como siempre están a vuestra disposición para asesoraros desde el primer minuto.

Iuris Bilbao Abogados

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41 thoughts on “¿QUÉ SUCEDE SI SE INCUMPLE UN CONVENIO O UNA SENTENCIA DE DIVORCIO?

  1. Oscar Maya

    Hola,

    Tengo un problema en la recogida de las niñas, se acordó las recogidas se harían en el domicilio 18:00 no en el colegio según han redactado en la sentencia, ahora me veo en la dificultad de incumplirla por motivos de trabajo y distancia.

    Tengo custodia compartida por acuerdo con la jueza y fiscal pero sin aprobación de la ex mujer.

    Que puedo hacer al respecto?

    Responder
  2. LIDIA

    EL PADRE DE MI HIJA LLEVA INCUMPLIENDO LA SENTENCIA DESDE MARZO DEL AÑO PASADO. AUN ASI YO LLEVO AGUANTANDO Y NO INCUMPLIENDO LA SENTENCIA PERO YA HEMOS LELGADO A UN PUNTO QUE MI PACIENCIA SE ACABA. MI HIJA VUELVE DE ALLI FATAL Y ME LLAMA MUCHAS VECES QUE VAYA A RECOGERLA PODEIS AYUDARME? GRACIAS

    Responder
    1. Iuris

      Lidia, buenas tardes.
      Por lo que nos indica, creemos que sería necesario interponer una Demanda de Modificación de Medidas, a fin de adecuar las actuales circunstancias al interés y al beneficio de la menor.
      Si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros vía telefónica (944240473) o por email (info@iurisbilbao.es).
      Gracias.

      Responder
          1. lidia

            ya. el problema es que el no esta cumpliendo con la sentencia…..y esto no lo veo bien no puedo hacer absolutamente nada? no veo justo que solo se acoja a sus derechos y no cumpla sus obligaciones esto hasta que punto es legal?

          2. Iuris

            Si él no cumple con los términos establecidos en la Sentencia, usted también puede solicitar una Ejecución de la misma.
            Parece un asunto complejo, así que le recomendamos que no adopte decisiones sin recibir asistencia legal previa.
            Un saludo.

          3. lidia

            la ejecucion de sentencia ya esta interpuesta..
            queria saber si mientras el juez toma una determinacion que debia de hacer , me molesta mucho que utiliza a mi hija como moneda de cambio
            gracias

          4. Iuris

            Lidia, buenas tardes.
            Tal y como le hemos comentado, al margen de la ejecución de la sentencia, podría interponerse una demanda de modificación de medidas. Hasta entonces, no sería recomendable que usted incumpliese nada. No obstante, consúltelo con el letrado que le lleva el asunto porque estos temas hay que analizarlos muy en detalle.
            Un saludo.

  3. aurora dolores

    .la madre de mi nieta no me deja verla que es lo que puedo aser si ya me denuncio por ir a verla al colegio …que es lo que puedo aser….. grasias

    Responder
  4. Núria Gómez

    Hola, mi pareja tiene una sentencia en la que esta obligado a vender su vivienda y repartir los beneficios si los hay con su ex-mujer. A su vez deben compartir los gastos de la vivienda hasta que se venda. Ella no ha cumplido en ningún momento con los gastos de la vivienda, tan solo con la mitad de la hipoteca y hace un año mi pareja vendió el piso y nos pusimos en contacto con un abogado para que se lo notificara al suyo y hacer así el reparto del dinero, sin tener en cuenta lo que ella no había abonado en su momento ya que queríamos quitarnos ese problema ya de encima. Pero ahora resulta que ella no esta de acuerdo con el precio de venta, que era muy bajo pero después de 3 años y con la que esta cayendo no se ha podido hacer nada mejor. Así que nos encontramos con un dinero en una cuenta sin poder tocarlo y que el banco cada vez que puede coge otro poquito para comisiones y ella sin dar señales de vida. ¿Como podríamos poner solución a esta situación para que acabe ya?

    Responder
    1. Iuris

      Buenas tardes.
      Para poder ofrecerle una respuesta concreta necesitaríamos conocer el texto exacto de la sentencia.
      No obstante, no comprendemos cómo su pareja pudo verder el piso sin el consentimiento de su ex- mujer, ya que, si ella ha estado pagando el 50% de la hipoteca, es de suponer que también era co-propietaria del mismo.
      Reciba un saludo.

      Responder
      1. Núria Gómez

        En realidad el único propietario del piso era mi pareja, lo compro antes de casarse y solo figuraba él en la escritura. Pero acepto repartir los beneficios del mismo con su ex-pareja.

        -Uso compartido del domicilio familiar por períodos semanales, los gastos ordinarios de luz, agua, comunidad, etc, devengados en cada periodo los abonará la parte que haya disfrutado de ella en ese periodo. (Nunca pago nada, pero si que gasto).

        -Los gastos de hipoteca, préstamos, IBI y gastos extraordinarios de comunidad se abonaran por partes iguales. (Solo pago religiosamente la mitad de la hipoteca).

        -Ambas partes se comprometen a poner en venta la vivienda y trastero en una inmobiliaria a elección de cada uno, aceptando el precio de venta el que fijen las inmobiliarias y obligándose a otorgar escritura pública de compraventa si se llegase a efectuar la venta.

        Mi pareja contrato con una inmobiliaria la venta al precio estimado de la zona, que no era muy alto. Cuando encontraron un comprador intento contactar con su ex-pareja pero no le cogió nunca el teléfono así que contacto con la madre de la misma y ella le aseguro que se lo comunicaría a su hija. Pero transcurrido un mes los compradores se impacientaron y mi pareja vendió el piso. Semanas después el abogado de su ex-mujer se puso en contacto con el de mi pareja y le dijo que le demandarían por no haber informado a su cliente y que tenían indicios de que había vendido el piso por mas de lo que figuraba en los papeles.
        Así nos encontramos ahora mismo y no sabemos que pasos debemos seguir ahora.

        Responder
        1. Iuris

          Buenas tardes.
          La cuestión es que la comunicación de su pareja con su ex-mujer no tendría que haberse limitado a una llamada de teléfono, sino que tendría que haberle remitido, al menos, un Burofax.
          Nuestra recomendación es que intenten llegar a un acuerdo con la contraparte o que, al menos, dejen constancia escrita de que han intentado dar solución al asunto y que no lo han logrado.
          Esperamos haberle sido de ayuda.
          Gracias.

          Responder
          1. Núria Gómez

            El caso es que eso no es posible, ella no contesta al teléfono y no tenemos ninguna dirección de donde esta. El único contacto que tenemos con ella es mediante su abogado. Le comunicamos a su abogado el precio de venta y lo que había quedado después del pago de la hipoteca que quedaba por pagar y su única respuesta fue que su cliente demandaría a mi pareja por vender el piso por decir que había vendido el piso a un precio mas alto del que figuraba en la documentación que se le había mandado.

            Constancia escrita ya existe en los mails entre abogados, que es lo mas cerca que estamos de poder contactar con ella.

  5. Iuris

    Buenas tardes.
    Efectívamente, los incumplimientos de los regímenes de visitas ya no se tramitan en la vía penal (salvo supuestos extremos) y, por lo tanto, su hermana tendría que acudir al Juzgado para solicitar una Ejecución de Sentencia.
    Un saludo.

    Responder
  6. Iván

    Buenos días,

    Tengo una duda, ¿es motivo de Ejecución de sentencia el no cumplir con lo estipulado en Convenio Regulador de Divorcio si en el mismo se pacto en lo referente al alquiler del antiguo domicilio conyugal que el ingreso del alquiler del Inmueble ( actualmente el piso está alquilado a un tercero) debía de hacerse de forma directa (a través de ingreso en cuenta) y en vez de hacerlo así el arrendatario del piso lo entrega «en mano» a la ex- conyugue?
    Este hecho está generando prejuicios económicos y la contabilidad del piso es muy confusa.
    ¿Estoy habilitado para interponer demanda de ejecución? He intentado llegar a un acuerdo, pero no hay voluntad por la otra parte.
    Gracias de antemano, un saludo cordial.

    Responder
    1. Iuris

      Buenos días.
      Si en el texto del Convenio Regulador se establece la obligación de ingreso en cuenta del importe del alquiler y no se está llevando a cabo de ee modo, usted puede interpode una Demanda Ejecutiva por incumplimiento de la «obligación de hacer» establecida en Convenio/Sentencia.
      Un saludo.

      Responder
  7. David

    Buenos días, soy un padre divorciado q tiene dos hijas y su madre intenta hacerme daño a través de ellas intentando manipularlas xq cree que es lo mejor para ellas.
    A día de hoy cuando tengo q ir a recogerlas me dicen q no se quieren venir, yo no hago caso y me presento siempre a recogerlas pero no se encuentran en el domicilio, con lo q tengo q estar a cada rato en juzgados y policía denunciandola.
    A día de hoy al estar despenalizar o no se q hacer, he oído que tendría que pedir ejecución de sentencia pero no se q costo me ocasionaría y como lo tendría que hacer.
    Muchas gracias.

    Responder
    1. Iuris

      Buenas tardes.

      Efectívamente, al estar en estos momentos despenalizado el incumplimiento del régimen de visitas, usted tendría que acudir a un procedimiento de ejecución de sentencia o a un procedimiento de modificación de medidas.

      Para ambos casos, usted necesitaría contratar un abogado y un procurador (o que se le designen profesionales de Justicia Gratuita, si cumple con los requisitos para ello).

      Un saludo.

      Responder
  8. Iuris

    Buenas tardes. Si se ha producido un incumplimiento del Convenio, usted puede solicitar su Ejecución mediante la correspondiente Demanda. No obstante, si a usted ya tampoco le interesa la opción del alquiler (acordada inicialmente) puede llegar a un acuerdo por su ex – mujer, para establecer una nueva organización al respecto sobre el uso de dicha vivienda y sobre el abono de la hipoteca. Un saludo. Gracias por su participación en nuestro Blog.

    Responder
  9. Iuris

    Buenos días.
    Ante un incumplimiento de una Sentencia de Divorcio o de medidas paterno-filales en los términos que usted indica, puede actuarse por la vía de las Ejecución de Sentencia o por la vía penal. También podría plantearse una supresión de la patria potestad, teniendo en cuenta que existe una ausencia total y absoluta de contacto entre el progenitor y la menor.
    Un saludo y gracias por participar en nuestro Blog.

    Responder
  10. Iuris

    Buenas tardes.
    En caso de incumplimiento de Sentencia/Convenio, usted puede presentar una Demanda Ejecutiva. No obstante, quizás resulte más rápido y más práctico que le comunique a su ex-marido por escrito los días que usted tiene disponibilidad horaria, puesto que así él también podrá organizar qué días llevar o no a la menor al comedor.
    Gracias por participar en nuestro Blog.

    Responder
    1. Laura Hada

      Buenas tardes.
      Lo que usted me expone ya lo realizo, le comunico con meses de antelación por escrito cuando tengo disponibilidad horaria para que el pueda organizarse que días llevar o no a la menor al comedor.
      Aún así,mi ex me pide un escrito que corrobore que yo puedo disponer de estas horas sino la niña se queda en el comedor.
      En el acuerdo, no dice nada de esto. Su tónica es pedirme escritos y justificaciones de todo y ya estoy cansada. Le he comentado que si tengo que demostrar mi disponibilidad horaria lo haré si el juez me lo solicita ante el juzgado.Quiero que se cumpla el convenio y acuerdo firmado por un juez, sobretodo por el bienestar de Natalia, la menor.
      Si realizo una ejecución de sentencia, por este tema, que ya le digo que para mí es importante, qué puedo conseguir en la demanda? El juzgado está por la labor de estas denuncias? o solo atiende incumplimiento de pensiones o de régimen de vistias? Mi caso se puede considerar un incumplimiento del régimen de visitas, ya que mi ex hace caso omiso del acuerdo y deja a la menor en comedor antes que dejármela a mí, a la madre.
      Y le comento que yo soy una buena madre, implicada ál máximo en la educación, salud y bienestar emocional de mi hija.

      Responder
  11. Laura Hada

    Hola, si, si ya le he comentado que yo le informo por escrito cuando tengo disponibilidad horaria, pero él me pide que le enseñe un documento que refleje dicha disponibilidad horaria.
    Para mí es importante, aunque algunas personas no le den importancia, que mi hija de 4 años coma en familia. Por eso incluí en el acuerdo que si el padre no puede alimentar a la menor me lo comunique antes de dejarla en el comedor escolar para que yo pueda comer con ella.
    Yo no tengo que presentarle ningún documento ya que no está establecido en el acuerdo.
    Tengo muy claro que esta incumpliendo el acuerdo, lo que agradeceria que me asesorara es como actuar ante la escuela.
    La escuela tiene el acuerdo y no me dan a mi hija ya que según ellos el padre le ha dicho que esta pendiente de que yo le presente un papel.
    A parte, consigo algo si realizo una ejecución con este tema.
    Aunque no sea un problema de pensión(que son la mayoría de los casos), para mi es importante que se respete cada uno de los puntos de un acuerdo y convenio. Porque este acuerdo lo he realizado pensando en el bienestar de mi hija, el padre prefiere dejar a una niña en el comedor antes que coma con su madre (y soy la mejor madre del mundo, implicada al máximo en su hija)
    Gracias

    Responder
    1. Iuris

      Usted puede presentar una Demanda Ejecutiva si se está incumpliendo cualquiera de los puntos del Convenio. No solo por incumplimiento del pago de pensiones o del régimen de visitas.
      Con respecto al Colegio, tendrá que acudir a hablar con los responsables personalmente a fin de explicarles la situación.
      Gracias por participar en nuestro Blog.

      Responder
  12. Iuris

    Bajo nuestro criterio, a pesar de que en el Convenio se establezca que las vacaciones sean por mitades (mes y medio con cada progenitor), si ustedes pueden acreditar que el los últimos años el menor solo se ha quedado un mes y que no pueden atenderle más de ese tiempo por circunstancias laborales, para empezar, deberían comunicárselo cuanto antes y por escrito a la madre.
    Si lo hubieran sabido con más antelación, podrían incluso haber solicitado una modificación de medidas para que ya quedase fijado dicho periodo vacacional en un mes.
    Pero, en cualquier caso, si la madre demanda al padre por incumplimiento, a nuestro criterio y según los datos que han expuesto, él podría oponerse por motivos de fondo.
    Gracias por participar en nuestro Blog.

    Responder
  13. Ana

    Ana
    Hola.
    Mi ex marido tiene la patria potestad de mis dos hijos. Puede venir a verlos 2 tardes y fines de semana alternos.En los dos últimos años no ha cumplido con ello y desde febrero se ha ido a vivir a otra ciudad con su novia porq decía q iba a trabajar( cosa q es mentira) Pasa 150€ de manutención por sus dos hijos.
    Lo único q recibo de él son insultos y humillaciones y encima dice q cumple con el convenio 100 por 100
    Mi abogado dice q no puedo hacer nada puesto q él no tiene nada.
    No quiero dinero,solo saber si hay forma de q le den una llamada de atención o algo parecido
    Gracias por su atención
    Un saludo

    Responder
    1. Iuris

      Buenas tardes.
      Si su ex-marido está incumpliendo la Sentencia de Divorcio, usted puede presentar una Demanda Ejecutiva. También puede denunciarle por esos insultos que dice estar recibiendo.
      Gracias por participar en nuestro Blog.
      Un saludo.

      Responder
  14. Arantxa

    Buenas tardes. Mi novio esta separado y tiene un niño menor q a la hora del divorcio firmaron un acuerdo en el q la madre se quedaba: la custodia del niño, se quedaba en la vivienda durante dos años q seria el tiempo en el q a ella le daría tiempo para encontrar un trabajo y una vivienda en l q vivir porque la vivienda es de el porque se la compro antes de casarse con ella. Ella firmo ese acuerdo .
    Hoy le ha dicho ella q no se marcha de la vivienda porque no tiene tiene dinero y el contrato de trabajo se le termina este mes y como el vive en otra ciudad.. Q la casa se queda bacía por lo q se queda en ella . Su abogada le dijo q lo podía hacer.
    Se puede incumplir así un contrato?

    Responder
    1. Iuris

      Buenas tardes. Si los términos de un convenio regulador de separación o de divorcio, ratificado judicialmente, se incumplen, se puede solicitar su ejecución. Gracias por participar en nuestro blog. Un saludo.

      Responder
  15. Iuris

    Buenas tardes.
    Si usted ha cambiado de domicilio, debe notificárselo al padre de su hijo y, teniendo en cuenta que parece que esa circunstancia está afectando al régimen de visitas, podría solicitar una modificación de medidas. Con respecto a los incumplimientos, podría solicitar una ejecución de la Sentencia.
    Gracias por participar en nuestro Blog.

    Responder
  16. Mar

    Ola estoy en tramite de divorcio y tiene la custodia del niño mi ex asta que salga el juicio yo tengo regimen de visitas fin de semana alterno asi lo mando una juez asta tener el juicio mi ex no entrega al niño y no tengo noticias de mi hijo desde ace 2 meses mi ex no contesta a tlf ni a burofax que se le manda cada vez que tengo que recoger al niño y tampoco lo entrega esta todo denunciado mi pregunta es e leido que al cambiar la ley solo es una multa economica ?o que castigo tiene estos incumplimientos que no me permite disfrutar de mi hijo? Y que puedo acer para obtener algo de informacion sobre el niño ? Gracias

    Responder
    1. Iuris

      Buenos días.
      Tras la reforma del Código Penal, esos incumplimientos ya no se consideran delito (se calificaban como falta) y, por lo tanto, únicamente se puede solicitar la ejecución de la Sentencia ante el Juzgado de Familia que la dictó. De hecho, si son muy reiterados, pueden ser tenidos en cuenta y servir de base, incluso, para plantear un cambio de custodia.
      Gracias por participar en nuestro Blog.

      Responder
  17. Iuris

    Buenos días.
    Ante dicha situación, usted tendría que avisar al padre de su hija de que, si él no acude a recoger a la niña, no se la entregará a ninguna otra persona. No obstante, también tendría que comunicar al Juzgado las situaciones de incumplimiento que se están produciendo, a fin de aclarar si él puede delegar en terceros las entregas/recogidas de la menor.
    Gracias por participar en nuestro Blog.

    Responder
  18. Maria

    Hola. En.2019 hicimos una modificación de medidas definitivas del convenio regulador en el que incluye quei ex y mi hijo tienen que abandonar la vivienda cuyo uso y disfrute les pertenece hasta que mi hijo acabe la carrera universitaria de 4 años (está en el primer curso) así como dejar de pasarle la pensión (la estoy pagando yo) en la misma fecha. Si llega el día y no se quieren ir de casa que pasó debería tomar?

    Responder

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