NI JUSTICIA UNIVERSAL… NI LOCAL

Publicado: 13/02/2014

justicia lenta e ineficaz

Una Justicia lenta no es Justicia

no a las tasas

NO A LAS TASAS

 

El Congreso de los Diputados aprobó el martes la proposición de «reducir»  la justicia o jurisdicción «universal», restringiendo  las condiciones en las que un juez español podrá investigar delitos cometidos fuera del territorio nacional. Salió adelante con los votos favorables del PP y con el rechazo, en bloque, de toda la oposición.

La nueva ley limitará la competencia de la justicia española, exclusivamente, a casos en los que los responsables del delito sean españoles o extranjeros residentes en nuestro país tras la comisión del mismo.

Y ello, supondrá, en la práctica, abrir la puerta al archivo de la docena de casos que investiga la Audiencia Nacional bajo el paraguas de la justicia universal, ya que, la entrada en vigor de la ley redundará en el sobreseimiento de estas causas, hasta que no se acrediten los nuevos requisitos exigidos. Dichos procedimientos, son los siguientes:

  • Genocidio en el Tíbet
  • Genocidio en Guatemala
  • Muerte de José Couso en Irak
  • Genocidio en el Sahara
  • Muerte de seguidores de Falun Gong
  • Holocausto, causa contra guardias de la SS
  • Vuelos de la CIA
  • Genocidio en Ruanda
  • Asesinato de Carmelo Soria
  • Asesinato del jesuita español Ignacio Ellacuría
  • Ataque de Israel contra la flotilla de la libertad de Gaza
  • Ataque al campo de refugiados iraníes de Ashraf

Con los cambios introducidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, la justicia española será competente para investigar casos de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado solo cuando «el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas».

Estos cambios han sido introducidos en el apartado 4 del artículo 23 que, anteriormente, no planteaba estas restricciones y contemplaba que la jurisdicción española, en ejercicio de dicha justicia universal, sería competente para conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros, fuera del territorio nacional, susceptibles de tipificarse como delito de genocidio y lesa humanidad.

Por lo tanto, los Tribunales españoles ya no podrá perseguir aquellos delitos que, por su transcendencia y afectación, no sólo incumben a un país (sino que cercenan los principios, valores  y derechos de la Humanidad) y tendrá que «conformarse» con aquellas conductas cometidas exclusivamente por españoles o residentes en territorio nacional.

¿Y cuál es el motivo de semejante retroceso en la protección de los Derechos Humanos? Pues, lamentablemente, y en palabras de sus propios «mentores», la falta de recursos y la evitación de conflictos diplomáticos con terceros países… Es decir, la excusa de que «para ésto no hay dinero» y el «miedo» a enfrentarse a ciertos países (China, por ejemplo) y a que éstos puedan cortar «el grifo»…

Un auténtico e injustificable despropósito, basado en motivaciones económicas y «diplomáticas», que supondrá la más absoluta impunidad frente a la comisión de delitos a nivel internacional, respecto de los que tod@s, independientemente de nuestra nacionalidad, somos víctimas.

Pero es que, el cercenamiento de la Justicia  (entendida como derecho del ser humano) no termina con esta decisión política, puesto que, mientras nos dicen que tenemos que ahorrar en justicia universal, también se recorta en justicia «local» (recortes de personal, de medios,…) y se introduce la Ley de Tasas para restringir, aún más, el acceso a los Tribunales a aquellos que menos recursos tienen…

Una Ley injusta e inconstitucional que «disuade» a los ciudadanos de acudir a los Juzgados a reclamar sus derechos y defender sus intereses, bajo argumentos de necesidad de «des-colapsar» los Tribunales cuando, todos los operadores jurídicos sabemos que, la única solución para dotar de agilidad a los Juzgados, es incorporar más funcionarios, crear más órganos judiciales y sobre todo, racionalizar y actualizar (por ejemplo, informatizar), los recursos existentes.

Porque, las Tasas, sólo sirven para condicionar el acceso a la Justicia a la clase trabajadora (aquellos que ni son pobres, ni son ricos), es decir, a la mayoría de los ciudadan@s de este país y porque, ese condicionamiento, que deriva en que dichas personas no puedan acudir a dirimir sus conflictos ante un órgano judicial, no ahorra ningún dinero al Estado…

No supone ningún ahorro, puesto que el dinero se va en otras cosas: sueldos de políticos y altos cargos (y de sus cargos de confianza, claro); rescate a Bancos; sostenimiento de organismos e instituciones públicas innecesarias; dotaciones para la puesta en marcha de Leyes aprobadas sin consenso (Ley de Educación o Ley de Seguridad Ciudadana, por ejemplo…);…

Es decir, nos convencen de que debe ahorrarse para sacar a este país adelante y, lo que realmente estamos haciendo es escatimar en recursos y, con ello, impedir que la Justicia cumpla con su verdadera esencia y finalidad: perseguir donde sea y frente a quien sea, el logro y la consolidación de aquellos derechos que toda sociedad considera legítimos y justos.

Por el momento, la Justicia, al parecer, puede esperar y, la que «nos queda», no puede aspirar a ser ni justicia local, ni justicia universal,…

 

 

 

 

 

 

 

 

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