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CÓMO CONSEGUIR UNA INCAPACIDAD LABORAL: FASE ADMINISTRATIVA Y PROCESO JUDICIAL ((ACTUALIZACIÓN 2️⃣0️⃣2️⃣2️⃣))

Publicado: 29/05/2022

La incapacidad permanente es la situación del trabajador que tras haber seguido el tratamiento prescrito presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, presumiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral; la cual deberá derivarse de una situación de incapacidad temporal.

“[…] la realización de cualquier actividad laboral comporta unas exigencias mínimas de profesionalidad, rendimiento y dedicación, de cuyo cumplimiento depende la posibilidad de apreciar la existencia de una capacidad laboral valorable en términos reales de empleo, no pudiendo exigirse un verdadero sacrificio por parte del trabajador o un grado intenso de tolerancia en el empresario dado que no serían relaciones laborales normales y ser incuestionable que el trabajador ha de ofrecer unos rendimientos socialmente aceptables”. (STSJ País Vasco, de 15 de febrero de 2022)

El reconocimiento de la incapacidad para el desarrollo de la actividad profesional habitual o para toda actividad laboral, dará acceso a las prestaciones económicas por este motivo.

“Conforme a la jurisprudencia, no son las enfermedades padecidas por el trabajador las que determinan el derecho a indemnización, sino que ese derecho surge del detrimento laboral que las mismas le causen, siempre distinto, según el grado de desarrollo de la enfermedad, y el estado de cada persona”. (STSJ País Vasco, de 15 de febrero de 2022)

Reconocimiento de la incapacidad

El procedimiento administrativo para evaluar la incapacidad laboral y el reconocimiento de las prestaciones económicas por incapacidad permanente se iniciará (art. 4 RD 1300/1995, de 21 de julio):

a) Por iniciativa de la propia Entidad Gestora o por petición razonada de la Inspección de Trabajo o del Servicio de Salud.

b) Por solicitud del trabajador.

c) A instancia de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

La solicitud por el trabajador se formalizará a través del formulario normalizado que el Instituto Nacional de la Seguridad Social pone a disposición de los interesados, incluyendo sus datos personales, fecha de nacimiento, la fecha y causa del cese en el trabajo su profesión habitual con indicación de su categoría profesional, funciones y descripción del trabajo concreto que desarrollase; así como los datos bancarios de la cuenta donde recibir las prestaciones. Esta solicitud deberá ir acompañada del DNI y de un certificado de cotizaciones a la Seguridad Social, junto con el historial clínico y toda aquella documentación médica complementaria en apoyo de la petición (art. 4 Orden de 18 de enero de 1996).

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?COVID PERSISTENTE: ¿INCAPACIDAD TEMPORAL O PERMANENTE?

Publicado: 25/09/2021

El Covid persistente es un síndrome que se caracteriza por la persistencia de síntomas de Covid-19 transcurridas semanas o meses desde que se produjo la infección, o por la aparición de síntomas tras un tiempo sin ellos.

Los síntomas que se asocian al Covid-19 persistente son muy variados y pueden fluctuar o persistir en el tiempo, incluso empeorar con el esfuerzo físico y mental: malestar general, dolor de cabeza, dolor muscular y articular, fiebre, sensación de falta de aire, mareos, cambios de tensión arterial, conjuntivitis, pitidos en los oídos, dificultad para concentrarse… (Fuente: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social)

La cuestión es que, esta sintomatología, en muchos casos puede llegar a suponer una limitación de la capacidad funcional y, por ende, limitar o inhabilitar para el desarrollo de la actividad profesional, lo que hace que nos preguntemos si podría derivar en la consideración de algún tipo de incapacidad.

Incapacidad temporal

Contraer la enfermedad puede conllevar la baja laboral y pasar a situación de incapacidad temporal. En este sentido, adquiere una especial relevancia en qué circunstancias se produce el contagio debido a que la protección por incapacidad temporal de la Seguridad Social no será la misma.

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?INCAPACIDAD LABORAL: QUÉ ES, TIPOS Y CÓMO CONSEGUIRLA ((ACTUALIZACIÓN 2021))

Publicado: 22/01/2021

¿Qué es una Incapacidad Laboral?

La incapacidad laboral es la situación en la que un trabajador se encuentra impedido para desarrollar su actividad profesional por encontrarse afectado por lesiones o enfermedades ya sean derivadas o a causa del trabajo que desempeña (accidente o enfermedad laboral) o por causas ajenas al mismo (accidente o enfermedad común).

Durante el tiempo en que se encuentre incapacitado, el contrato laboral se mantendrá suspendido (art. 45.1.c) ET) y el trabajador tendrá derecho a percibir un subsidio. Si la situación de incapacidad derivara en el reconocimiento de una incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez, el contrato laboral se extinguiría (art. 49.1.e) ET) y dará derecho a apercibir una cantidad en tanto alzado o a una pensión según el grado de invalidez.

¿Qué enfermedades causan Incapacidad Laboral?

No toda enfermedad que tenga su causa en el trabajo será considerada enfermedad profesional, ya que sólo obtendrán este reconocimiento aquellas que se encuentre recogidas en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.

La incapacidad laboral se divide en temporales y permanentes; y éstas últimas, a su vez, en parcial, total, absoluta o gran invalidez.

¿Cuáles son los tipos de Incapacidad Laboral?

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DIFERENCIAS ENTRE INCAPACIDAD TOTAL Y ABSOLUTA

Publicado: 03/12/2016

Incapacidad total e incapacidad absoluta

Incapacidades laborales

 

¿Qué es una incapacidad laboral?

A aquellos empleados que se encuentren incapacitados para trabajar de forma permanente, debido a un accidente o a una enfermedad, común o profesional, se les expedirá por la autoridad competente un certificado de incapacidad justificativo de su ausencia en el trabajo hasta su recuperación, generando esta incapacidad el derecho al pago de un subsidio, en caso de concurrir los requisitos legales para ello.

Zer da lanerako ezgaitasuna?

 Agintaritza eskudunak ezgaitasun egiaztagiria luzatuko dio langileari, harik eta hori sendatu arte, baldin eta lanerako ezgaitasun iraunkorra duenean, dela istripuagatik dela gaixotasunagatik, bai orokorra izan, bai lan arloko izan. Horren bitartez, eskubide guztia izango du diru laguntza jasotzeko, lege betekizunak gertatzen direnean.

¿Cuáles son los grados de incapacidad?

Admitido lo anterior, hay cuatro grandes grados de incapacidad, con diferencias notables en cuanto al ejercicio y la extensión de los antedichos derechos: incapacidad parcial, incapacidad total, incapacidad absoluta y gran invalidez. Continue reading “DIFERENCIAS ENTRE INCAPACIDAD TOTAL Y ABSOLUTA” »

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¿CÓMO SE CONSIGUE UNA INCAPACIDAD LABORAL?

Publicado: 01/12/2015

Abogados laboralistas en Bilbao

Abogados laboralistas en Bilbao

 

Es cierto que en los últimos años ha disminuido el número de incapacidades reconocidas por parte de la Seguridad Social, pero también hay que desterrar el «mito» de que en la actualidad han dejado de concederse.

La cuestión ahora está en que solo se contemplan en los casos más graves o más evidentes y, desde luego, únicamente en aquellos que suponen una auténtica incapacidad para desarrollar una actividad laboral o todo tipo de trabajo.

¿Cómo se inicia el proceso?

La incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez) puede ser apreciada por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de oficio o a instancia del interesado, una vez ha concluido el periodo máximo de permanencia en el estado de incapacidad temporal.

¿Qué pruebas se realizan?

El enfermo deberá acudir ante el responsable médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social con toda la documentación médica obrante en su poder, acreditativa de sus dolencias y de su estado físico (informes del médico de cabecera, informes de médicos especialistas, resultados de pruebas que le hayan sido realizadas,…).

Así, el grupo médico designado para valorar su caso podrá determinar el alcance de las lesiones sufridas y si las mismas resultan o no incapacitantes.

¿Y sino se concede la incapacidad?

Para los supuestos en los que el INSS considera que el enfermo puede seguir desempeñando su actividad laboral o para aquellos casos en los que solo se concede un grado de incapacidad inferior al solicitado, el interesado debe recurrir dicha decisión ante el mismo órgano que la dictó. Continue reading “¿CÓMO SE CONSIGUE UNA INCAPACIDAD LABORAL?” »

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