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??NEGLIGENCIAS VETERINARIAS: ¿CÓMO SE RECLAMAN?

Publicado: 19/10/2020

Si bien las reclamaciones civiles circunscritas al ámbito de las negligencias médicas son frecuentes en los despachos de abogados; de un tiempo a esta parte venimos observando que cada vez proliferan más las consultas relacionadas con negligencias que se cometen no frente a personas, sino frente a animales de compañía; presentando los clientes muchas dudas acerca de si cabe acción legal frente a las mismas o no, dada la particularidad del afectado (en estos casos, un animal). Pues bien, a fin de resolver posibles dudas existentes, abordamos seguidamente esta cuestión:

Interpretación jurisprudencial de las conductas negligentes cometidas por profesionales veterinarios

1️⃣ Primeramente, debe señalarse que, a efectos de incurrir en responsabilidad civil, a día de hoy, se encuentran prácticamente equiparadas aquellas situaciones en las que la negligencia se ha cometido en el ámbito de la ciencia médica, y en las que se cometen en el ámbito de la ciencia veterinaria; de modo que los profesionales que tratan a animales (veterinarios) también pueden incurrir en una conducta culposa o negligente por la cual incurren en responsabilidad de cara al propietario.

2️⃣ Hay que destacar que tanto en un caso, como en otro, la obligación que pesa sobre el profesional no se trata de una obligación de resultado, sino de una obligación de medios; de modo que la clave para determinar si el profesional concreto, veterinario en este caso, incurre en negligencia o no, pasará por acreditar no tanto el resultado final (generalmente, la muerte del animal), sino en el hecho de si su actuación se ha adecuado a las prácticas diligentes de la ciencia veterinaria (lo que se conoce como lex artis ad hoc), o si por el contrario, se ha alejado de las mismas, y como consecuencia de ello, se ha producido el fatal desenlace.

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¿CÓMO SE RECLAMA A UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?

Publicado: 20/08/2016

Abogados indemnizaciones Bilbao

Reclamaciones a la Administración

 

Todos conocemos a alguien que se ha resbalado en una acera a causa de una alcantarilla mal ubicada o de una baldosa suelta, o que ha tenido un problema al volante por una inadecuada señalización mientras circulaba por un municipio.

Son situaciones cotidianas frente a las que, en caso de haber sufrido una lesión, puede solicitarse una reparación a cargo del órgano administrativo competente.

Os explicamos brevemente cómo se desarrolla dicho proceso de reclamación por responsabilidad patrimonial frente a un organismo público como, por ejemplo, un Ayuntamiento.

¿Puedo reclamar si me accidento en la calle?

La respuesta es sí, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Cinco son los elementos que deben concurrir para iniciar un proceso de reclamación de este tipo:

  1. Haber sufrido una lesión en una vía pública, cuyo cuidado y mantenimiento resulte ser una competencia municipal.
  2. Que haya existido una deficiencia en la prestación del servicio público, es decir, que el Ayuntamiento no haya llevado a cabo, con diligencia, rapidez y eficacia, las acciones tendentes a mantener los espacios públicos accesibles y seguros.
  3. Que exista un nexo directo de causalidad entre la actuación administrativa y la lesión sufrida por el administrado.
  4. Que la lesión resulte cuantificable.
  5. Que no haya concurrido una circunstancia de fuerza mayor que exima de responsabilidad a la Administración.

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