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LAS CLAVES DE UN PROCESO DE INCAPACIDAD LABORAL

Publicado: 01/06/2019

Analizamos las claves necesarias para que un proceso de incapacidad concluya de manera satisfactoria para el trabajador. Abogados Bilbao.
¿En qué consiste un proceso de incapacidad laboral?

¿Qué tipos de incapacidad existen?

La LGSS reconoce dos tipos de incapacidad del trabajador a la hora de desarrollar su actividad profesional, la Incapacidad Temporal y la Incapacidad Permanente; pudiendo tener su origen tanto en enfermedades como en accidentes, relacionados o no con el ámbito laboral.

Este reconocimiento de la incapacidad se engloba dentro de la acción protectora de la Seguridad Social, que se articula, entre otras, en forma de prestaciones económicas.

Incapacidad Temporal (IT)

Por incapacidad temporal se entienden aquellas situaciones en las que el trabajador se encuentra impedido para realizar su trabajo como consecuencia de enfermedad común o profesional, y a accidente laboral o no, por un periodo máximo de trescientos sesenta y cinco días, prorrogables por otros ciento ochenta días más cuando se estime posible su curación dentro de este plazo.

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¿CÓMO SE CONSIGUE UNA INCAPACIDAD LABORAL?

Publicado: 01/12/2015

Abogados laboralistas en Bilbao

Abogados laboralistas en Bilbao

 

Es cierto que en los últimos años ha disminuido el número de incapacidades reconocidas por parte de la Seguridad Social, pero también hay que desterrar el «mito» de que en la actualidad han dejado de concederse.

La cuestión ahora está en que solo se contemplan en los casos más graves o más evidentes y, desde luego, únicamente en aquellos que suponen una auténtica incapacidad para desarrollar una actividad laboral o todo tipo de trabajo.

¿Cómo se inicia el proceso?

La incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez) puede ser apreciada por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de oficio o a instancia del interesado, una vez ha concluido el periodo máximo de permanencia en el estado de incapacidad temporal.

¿Qué pruebas se realizan?

El enfermo deberá acudir ante el responsable médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social con toda la documentación médica obrante en su poder, acreditativa de sus dolencias y de su estado físico (informes del médico de cabecera, informes de médicos especialistas, resultados de pruebas que le hayan sido realizadas,…).

Así, el grupo médico designado para valorar su caso podrá determinar el alcance de las lesiones sufridas y si las mismas resultan o no incapacitantes.

¿Y sino se concede la incapacidad?

Para los supuestos en los que el INSS considera que el enfermo puede seguir desempeñando su actividad laboral o para aquellos casos en los que solo se concede un grado de incapacidad inferior al solicitado, el interesado debe recurrir dicha decisión ante el mismo órgano que la dictó. Continue reading “¿CÓMO SE CONSIGUE UNA INCAPACIDAD LABORAL?” »

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