Archivo de la etiqueta: responsabilidad patrimonial

?ACCIDENTES EN PLAYAS, MONTES Y PISCINAS; ¿CÓMO RECLAMAR?

Publicado: 21/08/2020

Reclamaciones accidentes playas, monte y piscinas. Abogados Bilbao.

Durante las vacaciones hay quien prefiere sol y playa, para otros la piscina es el mejor de los lugares, y para otros no hay nada como las actividades en la naturaleza. Ya sea en un sitio u otro, la realidad es que en ninguno estamos libres de padecer algún tipo de accidente.

Accidentes en la playa

Uno de los lugares preferidos durante las vacaciones es la playa. Con el adecuado mantenimiento de esta, y de las infraestructuras y equipamiento que la complementan, junto con un apropiado uso por parte de las personas usuarias, debería evitarse en gran medida que se produzcan accidentes y daños, pero no siempre es así.

Las playas son bienes integrados en el dominio público marítimo-terrestre cuya titularidad se la otorga la Constitución al Estado (art. 132.2 CE y art. 3.1.b) Ley de Costas); si bien, los municipios podrán abarcar entre sus competencias el mantenimiento de las playas y lugares públicos de baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad, la vigilancia del cumplimiento de las normas e instrucciones dictadas por la Administración del Estado sobre salvamento y seguridad de las vidas humanas, y explotar, cuando lo soliciten, los servicios de temporada que puedan establecerse en las playas por cualquiera de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la legislación de Régimen Local. (arts. 115.c) y d) Ley de Costas).

El hecho de que existan varias administraciones con competencias resulta de especial relevancia, pues dependiendo de la causa del accidente o del lugar donde suceda podría ser responsable patrimonialmente una u otra.

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¿CÓMO SE RECLAMA A UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?

Publicado: 20/08/2016

Abogados indemnizaciones Bilbao

Reclamaciones a la Administración

 

Todos conocemos a alguien que se ha resbalado en una acera a causa de una alcantarilla mal ubicada o de una baldosa suelta, o que ha tenido un problema al volante por una inadecuada señalización mientras circulaba por un municipio.

Son situaciones cotidianas frente a las que, en caso de haber sufrido una lesión, puede solicitarse una reparación a cargo del órgano administrativo competente.

Os explicamos brevemente cómo se desarrolla dicho proceso de reclamación por responsabilidad patrimonial frente a un organismo público como, por ejemplo, un Ayuntamiento.

¿Puedo reclamar si me accidento en la calle?

La respuesta es sí, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Cinco son los elementos que deben concurrir para iniciar un proceso de reclamación de este tipo:

  1. Haber sufrido una lesión en una vía pública, cuyo cuidado y mantenimiento resulte ser una competencia municipal.
  2. Que haya existido una deficiencia en la prestación del servicio público, es decir, que el Ayuntamiento no haya llevado a cabo, con diligencia, rapidez y eficacia, las acciones tendentes a mantener los espacios públicos accesibles y seguros.
  3. Que exista un nexo directo de causalidad entre la actuación administrativa y la lesión sufrida por el administrado.
  4. Que la lesión resulte cuantificable.
  5. Que no haya concurrido una circunstancia de fuerza mayor que exima de responsabilidad a la Administración.

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¿PUEDO RECLAMAR EL «CÉNTIMO SANITARIO»?

Publicado: 28/04/2014

El "céntimo sanitario"...

Devoluciones de impuestos…

 

Tras dos meses desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminase que el denominado «céntimo sanitario» contravenía la normativa comunitaria, todavía son muchas las dudas que existen sobre quiénes y cómo puede solicitarse su devolución a Hacienda.

Por eso, nuestro Departamento de DERECHO CIVIL, a continuación, os explica las claves del cómo, cuándo y quién puede iniciar este proceso de reclamación fiscal y/o administrativa por el «céntimo sanitario».

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