Archivo de la etiqueta: separaciones y divorcios Bilbao

?¿QUÉ ES UN ABOGADO DE DIVORCIOS O ABOGADO MATRIMONIALISTA?

Publicado: 07/01/2023

El abogado matrimonialista, abogado de divorcios o abogado de familia, es aquel abogado o abogada que se dedica a la tramitación de divorcios, separaciones y rupturas de parejas de hecho. Es un letrado especialista en Derecho de Familia (nacional e internacional).

Pero, además, puede decirse que también es una especie de psicólogo, de «confesor», de asesor fiscal y de trabajador social … Es decir, una persona acostumbrada a tratar con personas, a identificar sus inquietudes y a solucionar sus problemas más delicados.

Abogado matrimonialista Bilbao antes del Divorcio

Podría pensarse que un abogado matrimonial solo es necesario en el momento que se inicia un proceso de ruptura. Pero, en realidad, lo cierto es que los mejores consejos sobre esta materia se ofrecen, sin lugar a dudas, antes de que un divorcio haya comenzado.

Las consultas «preventivas» son esenciales para analizar el supuesto de hecho y aconsejar al cliente sobre qué escenarios se ajustan más a sus necesidades. Un divorcio no se decide de un día para otro, motivo por el cual, una o varias consultas con un abogado de familia de confianza, son imprescindibles antes de tomar ninguna decisión, ni personal, ni financiera, sobre una ruptura.

Abogado matrimonialista Bilbao durante el Divorcio

Iniciado el procedimiento, el abogado matrimonial se encargará de activar un proceso de negociación con la parte contraria, en orden a determinar si la ruptura va a poner tramitarse de mutuo acuerdo; o si, por el contrario, va a resultar necesario presentar una demanda contenciosa y celebrar un juicio de divorcio.

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⚖ PENSIONES COMPENSATORIAS EN LOS DIVORCIOS ((REVISIÓN 2️⃣0️⃣2️⃣1️⃣))

Publicado: 09/07/2021

Qué es la pensión compensatoria

La pensión compensatoria la define el código civil como una compensación económica a la que tiene derecho el cónyuge al que la separación o divorcio le produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro cónyuge, que le suponga un empeoramiento respecto a la situación que mantenía durante el matrimonio.

Por su parte, la jurisprudencia entiende que la pensión compensatoria:

«… no es un mecanismo indemnizatorio, ni una forma de equilibrar los patrimonios de los cónyuges, sino que es una prestación económica a favor de un esposo, a cargo del otro tras el divorcio, que precisa para su reconocimiento un desequilibrio o desigualdad al tiempo de la ruptura, con causa en la misma, que acarree un empeoramiento del que queda con menos recursos en relación a la situación que tenía durante el matrimonio…» (SAP Bizkaia de 26 de enero de 2021).

Cuándo se aplica la pensión compensatoria

Para que se pueda reconocer el derecho a la prestación compensatoria, como se ha visto, es necesario: a) que se haya producido la separación o el divorcio y b) que se produzca un desequilibrio económico para uno de los cónyuges como consecuencia de esa separación o divorcio que empeore la situación que mantenía constante el matrimonio; ya que el momento desde el que se ha de valorar el desequilibrio, es precisamente aquel en que se hace efectiva la separación o el divorcio.

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??¿SE PUEDE SOLICITAR LA CUSTODIA DE UNA MASCOTA?

Publicado: 06/06/2020

Abogados custodias mascostas Bilbao

Cada vez son más frecuentes las consultas que nos llegan al Despacho de personas preocupadas por conocer qué será de sus mascotas o animales de compañía en caso de separación o divorcio. Es innegable, que los lazos afectivos que se crean con los animales con los que convivimos hagan, en muchos casos, que sean considerados como un miembro más de la familia. De ahí que, llegada una ruptura, surja la duda y la preocupación sobre su tenencia, y de si es posible fijar un «régimen de visitas».

¿Qué son los animales para la ley?

Para el Código Civil, los animales tienen la consideración de bienes muebles susceptibles de apropiación (arts. 335 CC y 333 CC); conclusión a la que se llega por interpretación de ambos preceptos ya que no se realiza ninguna mención expresa sobre estos, sean o no de compañía. Por este motivo, con la intención de subsanar y adecuar la realidad de las mascotas a las circunstancias actuales, en el año 2017 fue presentada una proposición de ley para, entre otras normas, modificar el código civil y reconocer que los animales son seres vivos sensibles (en consonancia con el art. 13 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), redactando un nuevo art. 333 cuyo tenor literal del apartado primero era el siguiente:

“1. Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección”. (122/000134 Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales).

También se planteaba la introducción de un nuevo apartado en el art. 90.1 CC respecto a los extremos que deben contener los convenios reguladores de las nulidades, separaciones o divorcios:

“c) El destino de los animales de compañía, caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal, pudiendo preverse el reparto de los tiempos de disfrute si fuere necesario”.

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A VUELTAS CON LA CUSTODIA COMPARTIDA…

Publicado: 16/06/2016

Abogados divorcios Bilbao

Problemas de la custodia compartida…

 

El Tribunal Supremo viene estableciendo en diferentes sentencias desde el año 2013 que la custodia compartida es el régimen preferente en todo proceso de divorcio o de ruptura matrimonial, entendiendo que es el sistema «normal e incluso deseable».

Custodia compartida como régimen preferente…

El interés superior del menor debe prevalecer en los casos de rupturas matrimoniales, con el objetivo de que los menores de edad sigan manteniendo sus vínculos materno y paterno – filiales.

Así, por ejemplo, en una reciente sentencia (STS 194/2016 de 29 de marzo) el Tribunal Supremo ha reiterado dicha opción, indicando la importancia de que las Audiencias respeten su doctrina en aras de la seguridad jurídica, por encontrarnos ante «un sistema necesitado de una solución homogénea por parte de los Tribunales a los asuntos similares».

En qué casos no se concede…

Son varias las sentencias del Tiibunal Supremo que en los últimos años han analizado diferentes supuestos de conflictividad entre los progenitores, en orden a determinar si en dichos casos es posible o no establecer un régimen de custodia compartida. Continue reading “A VUELTAS CON LA CUSTODIA COMPARTIDA…” »

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¿PUEDO VIAJAR CON MIS HIJOS AL EXTRANJERO DESPUÉS DEL DIVORCIO?

Publicado: 01/09/2015

vacaciones con hijos divorcios bilbao

Vacaciones con menores después del divorcio

 

Ahora que ya han pasado las vacaciones, hemos decidido escribir este artículo para que no volváis a tener dudas sobre un tema respecto del que nos soléis realizar muchas consultas.

¿Necesito la autorización del otro padre/madre para viajar con mis hijos fuera de España después de divorciarme?

Pues si y no. Hay que distinguir dos supuestos:

Destinos a los que se puede viajar sin necesidad de pasaporte (Unión Europea – Espacio Schengen):

En estos casos en los que el menor puede viajar con su Documento Nacional de Identidad y no existen controles en frontera, no resulta necesaria la autorización del otro progenitor, pero sí debe ofrecérsele a aquel información previa del viaje (no solo como deferencia, sino como obligación), puesto que ambos tienen derecho a saber dónde se encuentran sus hijos en todo momento. Continue reading “¿PUEDO VIAJAR CON MIS HIJOS AL EXTRANJERO DESPUÉS DEL DIVORCIO?” »

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