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INSULTAR YA NO ES DELITO…

Publicado: 17/01/2016

Abogados especializados en delitos en Bilbao

Abogados Penalistas en Bilbao

 

Insultar ya no es delito…

Y lo decimos muy en serio, porque salvo excepciones (es decir, salvo en los supuestos de violencia de género y de violencia doméstica) tras la reforma del Código Penal (que entró en vigor el pasado mes de julio de 2015) las antiguas faltas de injurias o de vejaciones han quedado despenalizadas y, por lo tanto, proferir insultos ha dejado de ser una infracción penal.

De este modo, faltar al honor de una persona de un modo leve, insultándole o vejándole, ya no será algo que deba ser conocido por los Juzgados de Instrucción y únicamente podrá ser perseguido en vía civil, tras la correspondiente demanda (con el consiguiente gasto y dilación).

Es decir, las típicas peleas entre vecinos (un clásico de los juicios de faltas) ya no coparán las agendas de los Juzgados una vez por semana…

¿Qué efectos tiene esta modificación legal?

Unos positivos….

A priori, desde luego, no parece una mala novedad legal, puesto que en la mayoría de estos casos ya resultaba de aplicación el principio de intervención mínima del Derecho Penal, al tratarse de cuestiones sin clara trascendencia penal (pensemos, por ejemplo, en las discusiones surgidas en el ámbito de un conflicto laboral), pero también puede tener consecuencias «negativas».

Algunos negativos…

Y es que, la más evidente de estas últimas resulta ser el hecho de que una injuria (aunque sea leve) pueda quedar impune y, por ende, que las faltas de respeto comiencen a considerarse «normales» y «asumibles» socialmente. Continue reading “INSULTAR YA NO ES DELITO…” »

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LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LOS DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO

Publicado: 18/09/2015

violencia de genero abogados bilbao

Abogados penalistas Bilbao

 

Tal y como os comentamos en nuestro post dedicado al «Nuevo Delito de Acoso», tras la reforma del Código Penal del pasado día 1 de julio de 2015, han sido varias las modificaciones introducidas en el ámbito de los delitos de violencia doméstica y de violencia de género.

El objetivo global de estos cambios, se circunscribe dentro de la implementación de varias Directivas Europeas:

En concreto, de la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, que crea la Orden Europa de Protección y de la Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre de 2012, por el que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.

¿Cuáles son las principales novedades?

Inclusión de la agravante «de género» en el artículo 22.4 CP

El artículo 22.4º CP ha modificado su redacción, para incluir el «género» como un tipo de discriminación específica.

De este modo, si dentro del proceso penal tramitado por presunta comisión de un delito de maltrato – violencia doméstica, violencia de género y lesiones leves – (artículo 153.1 y 153.2 CP), se acredita que el sujeto activo cometió el delito contra la víctima por motivos de género, le será aplicable esta agravante. Continue reading “LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LOS DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO” »

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REDES SOCIALES Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Publicado: 17/06/2015

Abogados penalistas en Bilbao

Redes Sociales y Libertad de Expresión

 

Desde que el pasado fin de semana surgió la polémica entorno a los «tuits» publicados hace cuatro años por el recién nombrado concejal del Ayuntamiento de Madrid Don Guillermo Zapata, se ha reabierto el debate sobre los límites entre la libertad de expresión y el derecho al honor en las Redes Sociales.

Se trata de una cuestión de constante actualidad, puesto que cada vez son más las personas que comparten sus opiniones en espacios como Twitter o Facebook y por lo tanto, también son más habituales las situaciones en las que llegan a publicarse «comentarios» que pudieran considerarse vejatorios o calumniosos.

Más allá de las responsabilidades políticas ante tales acciones, merece la pena detenerse en saber qué consecuencias penales pueden tener dichas «aportaciones» en las Redes Sociales y, para ello, nuestra abogada Olga Rodríguez Marcos ha acudido al Programa de ETB «Sin Ir Más Lejos»:

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