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¿QUIÉN PAGA EL IBI DESPUÉS DEL DIVORCIO?

Publicado: 10/04/2016

Abogados separaciones y divorcios Bilbao

Abogados matrimonialistas Bilbao

 

Esta suele ser una pregunta muy habitual (por no decir de las más comunes…) en las personas que inician un proceso de separación o de divorcio.

Supuesto de hecho…

Tras una ruptura matrimonial, uno de los ex-cónyuges sigue residiendo (sobre todo si existen hijos menores de edad) en la vivienda que venía constituyendo la residencia familiar y, por lo tanto, la otra persona deja de vivir en la misma.

Ante esta circunstancia, es bastante comprensible que quien va a dejar de disfrutar la vivienda, se plantee si resulta obligatorio seguir sufragando los gastos derivados de aquella como, por ejemplo, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

¿Hay que seguir pagando el I.B.I. después del divorcio?

Lo cierto es que si estamos hablando de un proceso de divorcio de mutuo acuerdo, las partes pueden pactar libremente lo que estimen conveniente al respecto, pero si nos centramos en los procedimientos contenciosos, la respuesta es que aunque ya no se resida en la vivienda, puesto que se sigue conservando la co-propiedad de la misma hasta su liquidación (http://iurisbilbao.es/la-liquidacion-de-la-sociedad-de-gananciales-abogado-matrimonialista-bilbao/), dicho impuesto debe abonarse al 50 por ciento (o en el porcentaje relativo a dicha co-propiedad) entre ambos ex-cónyuges. Continue reading “¿QUIÉN PAGA EL IBI DESPUÉS DEL DIVORCIO?” »

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