En este blog, y en nuestro Canal Youtube, hemos hablado muchas veces (y largo y tendido…) sobre el problema de la ocupación de inmuebles y sobre los mecanismos legales existentes para recuperar la posesiones perdidas de viviendas.
La cuestión es que ahora, inaugurándose nuevo Gobierno, va a entrar en vigor una modificación legal que, en principio, puede solucionar el problema de las ocupaciones. Pero, sobre todo, el problema de los grupos organizados que realizan ocupaciones recurrentes y sucesivas, perjudicando gravemente los derechos de propietarios que, en la mayoría de las ocasiones, deben seguir haciéndose cargo de todos los gastos vinculados a la vivienda ocupada en cuestión (hipoteca, suministros, IBI, Seguro, cuotas comunitarias,…).
¿Qué novedades se introducen?
La reforma legislativa, la Ley 5/2018, de 11 de junio, publicada en el BOE de 12 de junio de 2018, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, entrará en vigor el próximo lunes 2 de julio e incluirá las siguientes novedades (añade un nuevo apartado 4 al artículo 150; modifica el numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250; añade un nuevo apartado 3 bis al artículo 437; y añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 441 y un nuevo apartado 1 bis al artículo 444):
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