Llega la nieve y con ella la temporada de esquí. No son pocos los que ya están preparados para disfrutar de las actividades que este frio, pero divertido elemento, nos ofrece. Pero también llega la necesidad de prestar atención a nuestra seguridad y la de los demás, ya que las pistas se llenan de usuarios con distintas capacidades. Con respeto y precaución, todos tenemos cabida y volveremos a casa de una pieza.
Con la intención de contribuir a evitar, en la medida de lo posible, los accidentes, la Federación Internacional de Esquí, estableció un decálogo de normas para esquiadores y snowboarders, y otro, para los practicantes del esquí de fondo. Mientras que, por su parte, las estaciones de esquí españolas integradas en la asociación «Atudem», se dotaron de un reglamento interno de funcionamiento con el mismo fin.
¿Qué opinan los Tribunales?
A pesar de todo, los accidentes ocurren, y resulta necesario reseñar, que los Tribunales consideran que en aquellas prácticas deportivas en las cuales existe un riesgo en sí mismas, como es el caso del esquí, aquel que las practica está aceptando y se está sometiendo de forma voluntaria al riesgo que comportan.
Es por ello que, aún cuando las citadas Normas de Conducta de la Federación Internacional de Esquí (FIS) o el Reglamento Atudem carecen del carácter de normas jurídicas vinculantes, pueden servir, ( y de hecho se han utilizado), para ponderar la conducta exigible en la práctica de este deporte que, tal y como pone de manifiesto el artículo 6.1 del citado Reglamento, «se trata de un deporte cuya práctica entraña riesgos, que pueden verse acrecentados en función de diversos factores, tales como las condiciones meteorológicas, la nieve, el nivel técnico y grado de cansancio del usuario, el comportamiento de los demás usuarios, el material empleado, etc».
Ello no quita, no obstante, el deber que tienen las estaciones de esquí de proporcionar los medios adecuados para que la práctica del deporte se realice en las mejores condiciones; pudiendo resultar, en su caso, responsables de los daños y perjuicios causados a los usuarios, salvo que prueben que han cumplido con la debida diligencia. Continue reading “ACCIDENTES ESQUIANDO…” »