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¿QUÉ ES EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

Publicado: 07/01/2019

Abogados salarios y embargos Bilbao
¿Cómo se calcula el Salario Mínimo Interprofesional? ¿Se puede embargar?
Abogados laboralistas Bilbao

La Constitución, en su artículo 35, configura el trabajo como un derecho y un deber, reconociendo a los trabajadores el derecho a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia.

En consonancia a este precepto, el Estatuto de los Trabajadores (ET) atribuye al Gobierno estatal la obligación de fijar anualmente la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) atendiendo a cuatro conceptos y tras consultar a los sindicatos y asociaciones de empresarios más representativas:

  1. El índice de precios al consumo (IPC).
  2. La productividad media del Estado.
  3. El incremento de la participación del trabajo en la renta estatal.
  4. La coyuntura económica general.

La determinación de un SMI tiene por objeto garantizar unas cantidades salariales mínimas para que los trabajadores perciban un salario adecuado a su trabajo, independientemente de la actividad a la que se dediquen y sin ninguna distinción por razón de sexo o edad.

El Salario Mínimo Interprofesional en la actualidad

En la reciente actualización operada por el RD 1462/2018 de 21 de diciembre, el SMI para 2019 ha quedado fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, en función de que el salario esté fijado por días o por meses, con una cuantía mínima anual de 12.600 euros (catorce pagas de 900 euros).

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