La Constitución, en su artículo 35, configura el trabajo como un derecho y un deber, reconociendo a los trabajadores el derecho a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
En consonancia a este precepto, el Estatuto de los Trabajadores (ET) atribuye al Gobierno estatal la obligación de fijar anualmente la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) atendiendo a cuatro conceptos y tras consultar a los sindicatos y asociaciones de empresarios más representativas:
- El índice de precios al consumo (IPC).
- La productividad media del Estado.
- El incremento de la participación del trabajo en la renta estatal.
- La coyuntura económica general.
La determinación de un SMI tiene por objeto garantizar unas cantidades salariales mínimas para que los trabajadores perciban un salario adecuado a su trabajo, independientemente de la actividad a la que se dediquen y sin ninguna distinción por razón de sexo o edad.
El Salario Mínimo Interprofesional en la actualidad
En la reciente actualización operada por el RD 1462/2018 de 21 de diciembre, el SMI para 2019 ha quedado fijado en 30 euros/día o 900 euros/mes, en función de que el salario esté fijado por días o por meses, con una cuantía mínima anual de 12.600 euros (catorce pagas de 900 euros).
Continue reading “¿QUÉ ES EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?” »