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¿CÓMO SE ELIGE UN JURADO POPULAR?

Publicado: 17/11/2019

Abogados delito jurado popular Bilbao

La Constitución consagra en su artículo 23.1 la participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos. Y una de las maneras de participar es ser uno de los nueve integrantes que, junto con un Magistrado de la Audiencia Provincial, conforman un Tribunal del Jurado con la responsabilidad de emitir un veredicto declarando probado o no probado el hecho que se enjuicia.

Y, en estos días en los que asistimos a las sesiones del juicio por el «Caso Diana Quer», nos ha parecido interesante informaros sobre cómo se constituye un Tribunal tan especial como el del Jurado.

¿Cuáles son los requisitos para ser jurado?

Podrán ser jurado aquellas personas mayores de edad y de nacionalidad española que, al tiempo de la designación, sean vecinas de la provincia en que se haya cometido el delito. Además, deberán encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos políticos y contar con  aptitud suficiente para el desempeño de esa función.

Sin embargo, estarán incapacitadas para ser jurado aquellas personas que se encuentren detenidas, cumpliendo condena o suspendidas en proceso penal para empleo o cargo público, entre otros.

Asimismo, tienen prohibido actuar como jurado quienes sean parte en la causa que se enjuicia; quienes tengan cualquier tipo de relación con los miembros del Tribunal; los testigos, peritos o intérpretes; así como aquellos que tengan un interés directo o indirecto en la causa.

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