La decisión de excluir a un hijo u otro familiar de una herencia plantea importantes cuestiones jurídicas y no puede abordarse de la misma manera en todos los casos.
La posibilidad de privar a una persona de derechos sucesorios dependerá, entre otras cuestiones, de la legislación civil aplicable, de la relación de parentesco y de la forma en la que se haya ordenado la sucesión.
En Bilbao y Bizkaia esta cuestión requiere especial atención porque el Derecho Civil Vasco contiene reglas propias sobre legítimas y apartamiento, diferentes de las previstas en el Código Civil.
En IURIS Estudio Jurídico contamos con más de 20 años de experiencia en Derecho de Sucesiones y Herencias en Bilbao y Bizkaia, asesorando tanto a quienes desean planificar su sucesión como a quienes, después del fallecimiento, necesitan conocer si su exclusión de una herencia se ajusta a Derecho.
¿Se puede desheredar a un hijo?
La respuesta depende fundamentalmente de qué legislación civil resulte aplicable a la sucesión.
Cuando resulta aplicable el Código Civil, la desheredación de un legitimario exige la concurrencia de alguna de las causas legalmente establecidas y debe realizarse cumpliendo los requisitos previstos por la ley.
Sin embargo, cuando resulta aplicable el Derecho Civil Vasco, debemos diferenciar la desheredación propiamente dicha de otra figura especialmente relevante: el apartamiento.
Por ello, antes de otorgar testamento con la intención de excluir a un descendiente o de cuestionar posteriormente esa exclusión, es imprescindible determinar la vecindad civil y la legislación sucesoria aplicable.
Más información: ¿Se puede desheredar a un hijo? Claves legales y particularidades en Euskadi
Desheredación y apartamiento no son lo mismo
Aunque en la práctica ambas figuras pueden provocar que un descendiente no reciba bienes de una herencia, desheredación y apartamiento son instituciones jurídicas diferentes.
En el régimen del Código Civil, privar de la legítima a un heredero forzoso mediante desheredación exige que concurra alguna de las causas previstas legalmente.
En cambio, el Derecho Civil Vasco establece un sistema propio de legítima colectiva de los descendientes que permite al causante elegir entre los legitimarios a uno o varios y apartar a los demás, sin que el apartamiento deba basarse en las causas de desheredación previstas en el Código Civil.
Esta diferencia resulta fundamental para saber qué posibilidades existen al otorgar testamento y también para determinar, después del fallecimiento, si una persona excluida de la herencia tiene realmente derecho a reclamar.
Apartamiento de un hijo en el Derecho Civil Vasco
Cuando resulta aplicable el Derecho Civil Vasco, la legítima de los descendientes tiene carácter colectivo.
Esto permite al testador distribuirla entre sus hijos o descendientes de la forma legalmente permitida, pudiendo atribuirla a uno o varios de ellos y apartar a los restantes.
Por tanto, el hecho de que un hijo no reciba bienes en el testamento no significa necesariamente que exista una desheredación inválida.
Será necesario estudiar la legislación aplicable, el contenido completo del testamento y la distribución realizada para determinar si se han respetado los derechos sucesorios correspondientes.
Desheredación cuando resulta aplicable el Código Civil
Cuando la sucesión se rige por el Derecho civil común, la situación es diferente.
La desheredación solo puede realizarse por alguna de las causas expresamente previstas por la ley y debe formalizarse en testamento cumpliendo los requisitos legalmente establecidos.
Por ello, no basta con que exista una mala relación familiar o con que el testador manifieste simplemente que no desea que un determinado legitimario reciba su legítima.
Si se pretende utilizar la figura de la desheredación, es importante analizar previamente si los hechos pueden encajar en alguna causa legal y cómo debe reflejarse esa decisión en el testamento.
¿Qué ocurre si el hijo desheredado niega la causa?
Cuando la desheredación se fundamenta en una causa legal y posteriormente el legitimario desheredado la niega, puede surgir un conflicto sobre la existencia y acreditación de los hechos en los que se basó la desheredación.
Por ello, una decisión de esta importancia no debería plantearse únicamente desde la redacción del testamento.
Cuando las circunstancias permiten prever que la sucesión puede terminar siendo conflictiva, resulta conveniente analizar también desde el principio qué elementos podrían permitir acreditar en el futuro los hechos que justifican la decisión.
¿Puedo excluir a un hijo simplemente porque no tengo relación con él?
La falta de relación entre padres e hijos es una cuestión especialmente delicada y no permite dar una respuesta automática.
Cuando resulta aplicable el Código Civil habrá que analizar si las circunstancias concretas pueden encajar en alguna de las causas de desheredación reconocidas legalmente y cómo han sido interpretadas por los Tribunales.
Cuando resulta aplicable el Derecho Civil Vasco, en cambio, habrá que estudiar las posibilidades que ofrece el régimen de legítima colectiva y apartamiento.
Por eso, antes de redactar un testamento basándose exclusivamente en la inexistencia o deterioro de la relación familiar, conviene recibir asesoramiento específico.
¿Qué ocurre si descubro que me han excluido de una herencia?
Que una persona no aparezca como beneficiaria de un testamento no significa automáticamente que pueda impugnarlo.
Lo primero será determinar qué legislación sucesoria resulta aplicable y qué derechos tenía esa persona en la herencia.
También será necesario diferenciar si estamos ante una desheredación, un apartamiento, una omisión testamentaria u otra situación sucesoria.
Solo después de realizar ese análisis podrá determinarse si existe fundamento para formular una reclamación.
Si necesitas analizar la validez de una exclusión ya realizada en un testamento, puedes consultar nuestra página de Abogados para impugnación de testamentos en Bilbao.
Planificar correctamente la exclusión de un heredero
Cuando una persona desea que uno de sus hijos o familiares no reciba bienes de su herencia, es importante no utilizar modelos testamentarios genéricos.
Antes de otorgar testamento analizamos la vecindad civil, la legislación sucesoria aplicable, la composición familiar, los derechos de los distintos interesados y el resultado que realmente desea conseguir el cliente.
A partir de ahí, podemos diseñar la planificación sucesoria y coordinar posteriormente con la Notaría el otorgamiento del testamento.
El objetivo es que la voluntad del testador quede jurídicamente bien articulada y reducir, en la medida de lo posible, el riesgo de conflictos posteriores.
Para conocer nuestro asesoramiento específico en planificación sucesoria puedes consultar nuestra página de Abogados expertos en testamentos en Bilbao.
Conflictos posteriores al fallecimiento
También intervenimos cuando el testamento ya ha producido efectos y surge un conflicto entre los herederos.
Analizamos tanto la posición de la persona que ha sido excluida como la de quienes desean defender la validez y eficacia de las disposiciones testamentarias.
La estrategia dependerá de la legislación aplicable, del contenido del testamento, de los derechos sucesorios afectados y de las pruebas disponibles.
Cuando existe fundamento para cuestionar judicialmente una disposición testamentaria, estudiamos la viabilidad de la reclamación y defendemos los intereses de nuestros clientes durante el correspondiente procedimiento.
Abogados especializados en desheredaciones y apartamiento en Bilbao
La exclusión de un descendiente de una sucesión es una materia en la que resulta especialmente importante evitar respuestas jurídicas genéricas.
En Bizkaia, la posible aplicación del Derecho Civil Vasco puede modificar sustancialmente las posibilidades de planificación de la herencia y los derechos de los distintos descendientes.
En IURIS estudiamos cada situación individualmente, tanto antes del otorgamiento del testamento como cuando el conflicto hereditario ya ha surgido, para determinar qué legislación resulta aplicable, qué derechos existen y cuál es la estrategia jurídica adecuada.
Preguntas frecuentes sobre desheredaciones y apartamiento
¿Puedo desheredar a un hijo?
Depende de la legislación sucesoria aplicable.
En el régimen del Código Civil, la desheredación de un legitimario exige una causa legal y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley.
Cuando resulta aplicable el Derecho Civil Vasco existen, además, reglas propias sobre legítima colectiva y apartamiento que deben analizarse específicamente.
¿Desheredar y apartar a un hijo es lo mismo?
No.
La desheredación y el apartamiento son figuras jurídicas diferentes, aunque ambas puedan provocar que un descendiente no reciba bienes de la herencia.
Esta diferencia es especialmente importante en las sucesiones sujetas al Derecho Civil Vasco.
¿Tengo que explicar en el testamento por qué aparto a un hijo?
El apartamiento propio del Derecho Civil Vasco no debe confundirse con la desheredación causal regulada en el Código Civil.
Precisamente por las diferencias existentes entre ambas figuras, antes de otorgar testamento conviene determinar qué normativa resulta aplicable y qué instrumento jurídico permite conseguir correctamente el resultado pretendido.
¿Puedo dejar toda la herencia a uno solo de mis hijos?
Cuando resulta aplicable el Derecho Civil Vasco, su sistema de legítima colectiva permite una distribución entre los descendientes diferente de la prevista en el Código Civil.
Sin embargo, habrá que estudiar el conjunto de la sucesión, los legitimarios existentes y los restantes derechos sucesorios antes de determinar cómo puede articularse el testamento.
¿Puedo desheredar a un hijo por no hablarme?
La ausencia de relación familiar, por sí sola y formulada de manera abstracta, no permite responder automáticamente que exista una causa válida de desheredación conforme al Código Civil.
Será necesario analizar por qué se produjo esa situación, sus circunstancias y la jurisprudencia aplicable.
Si resulta aplicable el Derecho Civil Vasco, deberá analizarse además el régimen propio de apartamiento.
¿Qué pasa si la causa de desheredación no es cierta?
Cuando una desheredación sometida al Código Civil es discutida, la realidad de la causa invocada puede convertirse en una cuestión esencial del conflicto sucesorio.
Será necesario estudiar el testamento, los hechos alegados y las pruebas disponibles para determinar qué efectos produce la desheredación y si puede ser cuestionada.
¿Puedo reclamar si mi padre o mi madre no me ha dejado nada?
No necesariamente.
Primero habrá que determinar qué legislación civil resulta aplicable y qué derechos sucesorios correspondían al descendiente.
En Bizkaia, la existencia del régimen de legítima colectiva y apartamiento del Derecho Civil Vasco hace especialmente importante no aplicar automáticamente las reglas del Código Civil.
¿Puedo impugnar un testamento si me han desheredado?
Puede existir posibilidad de reclamación cuando concurran los presupuestos jurídicos necesarios, pero la mera exclusión del testamento no significa que este sea inválido.
Será necesario estudiar la causa de la exclusión, la legislación aplicable, los derechos del interesado y el contenido completo del testamento.
Puedes ampliar esta cuestión en nuestra página de Impugnación de Testamentos.
¿Es necesario abogado para desheredar o apartar a un hijo?
No es obligatorio contar con abogado para otorgar un testamento notarial.
Sin embargo, cuando se pretende excluir a un descendiente de la sucesión, el asesoramiento jurídico previo resulta especialmente recomendable para determinar la legislación aplicable y evitar que una planificación incorrecta genere posteriormente un conflicto hereditario.
¿Qué ocurre si quiero cambiar un testamento en el que ya había desheredado o apartado a alguien?
El testamento puede modificarse mediante el otorgamiento de uno nuevo.
Si han cambiado las circunstancias familiares o la voluntad del testador, conviene revisar la planificación anterior y asegurarse de que el nuevo testamento refleja correctamente la decisión actual y se adapta a la legislación sucesoria aplicable.
Para conocer el resto de nuestro asesoramiento sucesorio puedes consultar nuestra página de Abogados de Herencias en Bilbao.
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