ACCIDENTES ESQUIANDO…
Llega la nieve y con ella la temporada de esquí. No son pocos los que ya están preparados para disfrutar de las actividades que este frio, pero divertido elemento, nos ofrece. Pero también llega la necesidad de prestar atención a nuestra seguridad y la de los demás, ya que las pistas se llenan de usuarios con distintas capacidades. Con respeto y precaución, todos tenemos cabida y volveremos a casa de una pieza.
Con la intención de contribuir a evitar, en la medida de lo posible, los accidentes, la Federación Internacional de Esquí, estableció un decálogo de normas para esquiadores y snowboarders, y otro, para los practicantes del esquí de fondo. Mientras que, por su parte, las estaciones de esquí españolas integradas en la asociación «Atudem», se dotaron de un reglamento interno de funcionamiento con el mismo fin.
¿Qué opinan los Tribunales?
A pesar de todo, los accidentes ocurren, y resulta necesario reseñar, que los Tribunales consideran que en aquellas prácticas deportivas en las cuales existe un riesgo en sí mismas, como es el caso del esquí, aquel que las practica está aceptando y se está sometiendo de forma voluntaria al riesgo que comportan.
Es por ello que, aún cuando las citadas Normas de Conducta de la Federación Internacional de Esquí (FIS) o el Reglamento Atudem carecen del carácter de normas jurídicas vinculantes, pueden servir, ( y de hecho se han utilizado), para ponderar la conducta exigible en la práctica de este deporte que, tal y como pone de manifiesto el artículo 6.1 del citado Reglamento, «se trata de un deporte cuya práctica entraña riesgos, que pueden verse acrecentados en función de diversos factores, tales como las condiciones meteorológicas, la nieve, el nivel técnico y grado de cansancio del usuario, el comportamiento de los demás usuarios, el material empleado, etc».
Ello no quita, no obstante, el deber que tienen las estaciones de esquí de proporcionar los medios adecuados para que la práctica del deporte se realice en las mejores condiciones; pudiendo resultar, en su caso, responsables de los daños y perjuicios causados a los usuarios, salvo que prueben que han cumplido con la debida diligencia.
Esta responsabilidad de las pistas es susceptible de ponderación en función del uso que se haga de ellas, puesto que no siempre resultan responsables del siniestro; y cuando lo son, no en todos los casos se les atribuye la responsabilidad al cien por cien. El usuario también debe mostrarse responsable utilizándolas de manera adecuada y respetando las normas de uso, las señales y el balizamiento.
¿Cómo se resuelve la responsabilidad entre esquiadores?
Pero, no sólo se producen accidentes achacables a las instalaciones, también pueden producirse entre los propios esquiadores (p.ej. por pasadas rápidas o por choques con resultado lesivo), por lo que quien resulte responsable deberá hacer frente a los daños generados por su acción al otro usuario, y en su caso, a las instalaciones.
Resulta por tanto conveniente estar cubierto por algún tipo de seguro; bien sea por uno específico, bien por uno general con cobertura suficiente que se haga cargo de restituir los daños y perjuicios generados, o incluso los que nosotros mismos padezcamos.
Ni que decir tiene que, dado que es un deporte que entraña determinados riesgos, las caídas que tengamos por impericia propia no se le pueden achacar a nadie, y en ausencia de seguro deberemos asumir los gastos de asistencia.
Casuística en caso de accidente…
La casuística de los accidentes es muy variada, pero, a modo de ejemplo, veamos algunos sencillos ejemplos:
Ejemplo 1. Esquiador que choca contra un cañón de nieve ubicado dentro de la pista sin señalizar y sin proteger. A priori resulta clara la responsabilidad de la estación de esquí al no observar la diligencia debida en la colocación del cañón de nieve provocando un accidente con resultado lesivo. Si no se determina la concurrencia de culpas como consecuencia de alguna infracción cometida por el esquiador, la estación o solidariamente su aseguradora resarcirán al accidentado de los daños y perjuicios padecidos.
Ejemplo 2. El esquiador A sufre lesiones al chocar con él el esquiador B, el cual se incorporaba desde una pista anexa por un lugar prohibido. El esquiador A denunció a la estación de esquí porque consideró que el accidente se había producido por falta de señalización que impidiera ese acceso a la pista por la que descendía. El Tribunal estimó que el cerramiento de las pistas con protecciones laterales resultaba inviable, y que el causante directo de las lesiones fue el esquiador B. Entendió asimismo que la práctica del esquí con ausencia de esas protecciones es un riesgo socialmente permitido, incumbiendo a los esquiadores el deber de evitar crear riesgo para los demás al incorporarse a una pista. Exculpó por tanto a la estación de esquí e hizo responsable de los daños producidos al esquiador B.
Ejemplo 3. Un esquiador desciende a velocidad inadecuada por una pista y choca contra una moto de nieve manipulada por un empleado de la estación que la cruzaba. En este caso el Tribunal apreció responsabilidad compartida, al considerar que el trabajador debió observar las máximas medidas de seguridad a la hora de desempeñar su labor, pues forma parte de las obligaciones de la estación el adoptar todas las medidas necesarias para que la práctica del esquí se desarrolle de manera lo más segura posible; pero también el usuario debe observar las normas que regulan las pistas y los descensos, y el exceso de velocidad incrementa el riesgo de siniestro.
Normas de la Federación Internacional de Esquí
ESQUI Y SNOWBOARDERS
- El esquiador no debe poner en peligro o perjudicar a los demás.
- El esquiador debe esquiar controlado en todo momento.
- El esquiador que baja desde arriba debe tomar la dirección que garantice la seguridad de los usuarios que se encuentren debajo de él.
- El esquiador que adelanta debe dejar al esquiador adelantado espacio suficiente para que pueda realizar sus propios movimientos.
- El esquiador que entra en pista debe mirar hacia arriba y hacia abajo, asegurándose que la pista está despejada.
- El esquiador debe evitar pararse en pista, en lugares estrechos, peligrosos o de escasa visibilidad.
- Los usuarios y personas que suban y bajen a pie deben hacerlo por el lateral de la pista.
- El esquiador debe obedecer todas las señales e indicaciones que se encuentran en la pista, telesquí o cerca de ellas.
- Todo esquiador debe prestar ayuda en caso de accidente y notificarlo, en la medida de sus posibilidades, al personal de la Estación.
- Todos los usuarios y testigos implicados en un accidente deben intercambiarse nombres y direcciones.
ESQUÍ DE FONDO
- El esquiador de fondo debe esquiar de manera que no ponga en peligro o perjudique a los demás.
- El esquiador debe respetar la señalización, de manera que avance únicamente en la dirección y con la técnica de esquí indicadas.
- En las pistas de fondo con más de una traza, el esquiador debe circular por la traza situada a su derecha. Los esquiadores en grupo deben mantenerse en la traza situada a su derecha, uno detrás de otro. Los esquiadores que utilicen el estilo libre deben mantenerse en el lado derecho de la pista.
- El adelantamiento puede efectuarse por la derecha o por la izquierda, pero el esquiador adelantado no está obligado a ceder el paso al que le adelanta, si bien debe permitir que un esquiador más rápido le adelante siempre que sea posible.
- El esquiador de fondo que se cruce con otro esquiador en sentido contrario debe mantenerse en el lado derecho. El esquiador que desciende tiene prioridad.
- El esquiador de fondo debe mantener sus bastones pegados al cuerpo siempre que se aproxime a otro esquiador.
- El esquiador de fondo y especialmente en las bajadas, debe adaptar su velocidad a su nivel de esquí, a las condiciones de la pista, a la visibilidad y al grado de saturación de la pista. El esquiador debe mantener la distancia de seguridad con los esquiadores que le preceden. Como último recurso, debe optar por una caída voluntaria para evitar una colisión.
- El esquiador que se detiene debe abandonar la traza. En caso de caída debe despejar la traza sin demora.
- En caso de accidente todo esquiador tiene el deber de prestar socorro.
- Todo esquiador involucrado en un accidente, bien como testigo, responsable o no, debe identificarse claramente.
Si este invierno tenéis alguna duda o sufrís algún percance relacionado con la práctica del esquí, lo dudéis en poneros en contacto con nuestro Despacho de abogados de Bilbao.
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