AHORRAR EN EL IMPUESTO DE LA RENTA: PENSIONES DE ALIMENTOS, VIVIENDA, ALQUILERES,…
Seguimos con nuestra SECCIÓN DE CONSUMO a cargo de Sara Muñoz Santos, esta vez con un tema de actualidad económica: la Declaración de la Renta – IRPF 2019.
¿Cómo podemos ahorrar? ¿Qué deduccciones se pueden aplicar?
¡¡¡ AQUÍ VAN TODAS LAS RESPUESTAS!!!
1. Deducción por vivienda
A nivel estatal: La deducción por vivienda desapareció hace ya 7 años, pero se mantiene para los contribuyentes que compraron antes del 1 de enero de 2013. Se puede deducir un 15% y el máximo es de 9.040 euros anuales. Esto significa que se pueden recuperar 1.356 euros en cada ejercicio fiscal.
También pueden aplicarla en los casos que se hubieran pagado obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual o de adecuación para hacerla accesible a personas con discapacidad (en este último caso el límite se amplía a 12.080 euros)
Haciendas Forales: Los contribuyentes podrán deducirse un 18% de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual durante el periodo impositivo. Y la deducción máxima anual sería de 1.530 euros.
2. Deducción por alquileres
A nivel estatal: Si vives de alquiler en el mismo piso desde antes de 2015 y tu base imponible no supera los 25.107 euros, podrás deducirte el 10,05% del importe del alquiler.
Haciendas Forales: Los contribuyentes pueden aplicar sobre su vivienda habitual una deducción del 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un límite de deducción de 1.600 euros anuales.
Si somos inquilinos, tenemos que declarar los datos del inmueble y el importe anual del alquiler, porque Hacienda comparará nuestros datos con los del propietario para detectar discrepancias.
En cambio, si somos propietarios de un inmueble y lo tenemos alquilado, estamos obligados a declarar los rendimientos de manera expresa, ya que Hacienda desconoce esa información. También tenemos la opción de deducirnos los gastos asociados al contrato de alquiler como los tributos del inmueble, los gastos de administración, los seguros, o los intereses de las hipotecas si las hubiera.
3. Aportaciones a planes de pensiones
Si has realizado aportaciones a un plan de pensiones, podrás deducirte hasta un 30% de tus rendimientos de trabajo o de actividades económicas: las aportaciones se han debido realizar en 2019 y con un máximo de 8.000 euros.
Nota: ¿Cómo tributa el rescate?
El rescate de un plan de pensiones tributa como rendimientos del trabajo. Es decir, que el tipo impositivo dependerá del tramo en que se encuentre la base imponible. Así, si rescatamos de golpe más de 60.000€ nos aplicarán el tramo más alto del IRPF y pagaremos un 45% de impuestos. Por el contrario, cuanto menor sea la base imponible, menos pagaremos. Pudiendo llegar a pagar sólo un 19%. Una diferencia de 26 puntos porcentuales que seguro se notan en tu bolsillo.
4. Si eres autónomo, incluye tus gastos de suministros
Ya en la campaña de la renta anterior, se introdujo esta posibilidad. Un autónomo que desarrolle actividad en su vivienda habitual puede deducirse un 30% de los gastos de suministros tales como la luz, el agua, gas, telefonía o internet. Pero ¡ojo!, la deducción sólo se aplicará sobre los metros cuadrados destinados a nuestra actividad económica.
También podremos deducirnos los gastos de manutención, demostrables mediante factura, pagados con tarjeta y con un límite diario de 26,67 euros (si no se pernocta) y 53,34 euros si se pernocta.
5. Pensión compensatoria y Pensión por alimentos
Cómo tributa la pensión compensatoria en la renta
Tenemos que diferenciar entre quien paga y quien recibe esta pensión compensatoria.
Pagador: La fiscalidad de la pensión compensatoria para quien paga es clara. Se trata de un gasto deducible que puede restarse de la base imponible. En otras palabras, será como si no hubiese ganado ese dinero a efectos de hacer la renta.
Lo vemos con un ejemplo: si ganas 40.000 euros y pagas 8.000 de pensión compensatoria, será como si sólo hubieses ganado 32.000 euros para Hacienda. Si la base imponible se redujese a cero, se pasaría a reducir la base del ahorro.
Receptor: Por su parte, para el receptor de la pensión, este dinero tiene la consideración de rendimiento del trabajo no sometido a retención. Esto quiere decir que ese dinero tributará en la base imponible general según las tablas de IRPF.
Cómo tributa la pensión por alimentos en la renta
Pagador: Para el pagador, la pensión por alimentos no sería deducible y no reduce la base imponible general. Es decir, no podrás restar el dinero que pagas en concepto de alimentos a tus ganancias para pagar menos impuestos en la renta. La razón es que es un dinero que de otra forma estarías gastando normalmente sin incentivo fiscal alguno.
Esto no quiere decir que no existan ciertas ventajas fiscales: si el importe de estas anualidades por alimentos es inferior a la base liquidable general, se aplicará la escala general y la escala complementaria separadamente al importe de anualidades por alimentos y al resto de la base. Para poder beneficiarse de esta ventaja, la pensión por alimentos debe ser fruto de decisión judicial. Si, además, no tienes derecho al mínimo por descendiente, esto permite pagar menos impuestos al hacer el IRPF porque el gravamen es menor.
Receptor: dos cuestiones
¿Qué pasa con los hijos que cobran la pensión por alimentos? Básicamente nada. Y es que para las anualidades de alimentos en favor de los hijos forman parte de las rentas exentas, siempre y cuando deriven de una decisión judicial o acuerdo de divorcio. Si después se pacta una cuantía superior, los ingresos excedentes sí que tributarán.
¿Qué pasa cuando la pensión por alimentos no es a favor de los hijos? En ese caso sí que habrá que pagar impuestos y se hace de la misma forma que con la pensión por compensación.
7. Deducción por gastos de guarderías
Esta ayuda está destinada para las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años a su cargo, que realicen algún tipo de actividad (por cuenta ajena o propia) y que paguen guardería o escuelas infantiles.
La deducción se aplica al hacer la declaración de la renta 2019, no puede percibirse de forma anticipada. En ese momento se incluirá ese dinero en la cuota diferencial del impuesto. El máximo de esta ayuda a madres trabajadoras es de 1.000 euros, que será el resultado de lo que hayas pagado por la guardería tras restar subvenciones y otras ayudas públicas y rentas exentas en el IRPF, como el salario flexible o en especie como el cheque guardería de las empresas.
Por ejemplo, si el precio de la guardería es de 350 euros, pero te beneficias de 100 euros de la ayuda de tu CC. AA y tu empresa te paga otros 100 euros como cheque guardería que están exentos de tributar, será como si solo pagases 150 euros a efectos de calcular cuánto puedes deducirte.
Esta deducción de gastos por guarderías no se contempla para las Haciendas Forales.
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