Archivo de la categoría: abogados denuncias en Bilbao

LA DECLARACIÓN DE LOS MENORES EN LOS JUICIOS PENALES

Publicado: 08/12/2019

¿Es imprescindible que los menores declaren en juicio?

La participación de menores en los procedimientos penales, en especial cuando ellos han sido las víctimas, puede llevarles a un trastorno psicológico tan importante que, de facto, suponga lo que ha venido en denominarse una victimización secundaria, al verse obligados a rememorar en el juicio los hechos padecidos.

Por otra parte se sitúa el acusado al que le asiste su derecho a defensa y a la práctica de prueba en la vista: ¿Es necesaria la intervención del menor en la vista?¿Se cercena algún derecho al acusado si el menor no comparece?

Analizamos en este post, en consecuencia, la interesante sentencia dictada por el Tribunal Supremo (STS de 26 de noviembre de 2019, Rec. 2104/2018 (LA LEY 165840/2019), en la que se analiza la cuestión de si es necesario que los menores deban acudir obligatoriamente a prestar su declaración en el acto del juicio oral, o si, cumpliendo ciertas pautas, es suficiente la reproducción de la declaración realizada en fase de instrucción.

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¿CÓMO SE ELIGE UN JURADO POPULAR?

Publicado: 17/11/2019

Abogados delito jurado popular Bilbao

La Constitución consagra en su artículo 23.1 la participación directa de los ciudadanos en los asuntos públicos. Y una de las maneras de participar es ser uno de los nueve integrantes que, junto con un Magistrado de la Audiencia Provincial, conforman un Tribunal del Jurado con la responsabilidad de emitir un veredicto declarando probado o no probado el hecho que se enjuicia.

Y, en estos días en los que asistimos a las sesiones del juicio por el «Caso Diana Quer», nos ha parecido interesante informaros sobre cómo se constituye un Tribunal tan especial como el del Jurado.

¿Cuáles son los requisitos para ser jurado?

Podrán ser jurado aquellas personas mayores de edad y de nacionalidad española que, al tiempo de la designación, sean vecinas de la provincia en que se haya cometido el delito. Además, deberán encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos políticos y contar con  aptitud suficiente para el desempeño de esa función.

Sin embargo, estarán incapacitadas para ser jurado aquellas personas que se encuentren detenidas, cumpliendo condena o suspendidas en proceso penal para empleo o cargo público, entre otros.

Asimismo, tienen prohibido actuar como jurado quienes sean parte en la causa que se enjuicia; quienes tengan cualquier tipo de relación con los miembros del Tribunal; los testigos, peritos o intérpretes; así como aquellos que tengan un interés directo o indirecto en la causa.

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PELEAS CALLEJERAS: CONSECUENCIAS LEGALES

Publicado: 13/04/2019

¿Qué puede suceder si te ves implicado en una pelea callejera? Te lo explicamos en este artículo. Abogados penalistas Bilbao.
Abogados penalistas Bilbao: peleas callejeras y sus consecuencias legales

Resulta cada vez más habitual escuchar noticias en las que se da cuenta de una pelea o trifulca multitudinaria. Las inmediaciones de bares y discotecas, los alrededores de los campos de futbol o cualquier lugar donde se acumulen muchas personas, suelen ser lugares donde con mayor frecuencia se dan este tipo de enfrentamientos. Las causas por las que se inician son innumerables y, en ocasiones, distinguir quién es agresor y quién victima no siempre resulta sencillo de determinar.

Si no se puede determinar quién es agresor y quién es agredido: Riña tumultuaria

La riña tumultuaria se configura legalmente como un delito de «peligro», y se comete simplemente con participar en una riña en la que se porten elementos que puedan poner en peligro la vida o la integridad física de las personas. Es decir, para poder ser condenado por el delito de riña tumultuaria no hace falta causar ningún tipo de lesión, sino la mera participación en ella.

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LA PRESCRIPCIÓN DE DELITOS Y DE PENAS

Publicado: 12/11/2018

Abogados penalistas Bilbao
 Abogados delitos y penas Bilbao

La prescripción de los delitos y de las penas son dos de las causas de extinción de la responsabilidad penal.

Con la prescripción del delito, el Estado, por haber dejado transcurrir el plazo legalmente establecido desde la comisión del delito sin haber iniciado el procedimiento, pierde la posibilidad de enjuiciar a los responsables. Igual consecuencia se obtiene si, habiéndose iniciado ya el procedimiento, éste se ha interrumpido, por causas legales, sin posterior reanudación en el plazo señalado al efecto.

Por su parte, la prescripción de la pena supone la extinción de la responsabilidad por el transcurso del plazo señalado, desde que se dictó sentencia firme, sin que se haya procedido a su ejecución.

Regulado en los arts. 130 y siguientes del Código Penal, se recogen los siguientes casos:

Prescripción de los delitos

Los delitos prescriben:

  • A los 20 años, cuando el delito tenga señalada una pena de prisión de quince o más años.
  • A los 15 años, cuando tenga señalada pena de prisión de diez a quince años, o de inhabilitación de más de diez años.
  • A los 10 años, cuando el delito tenga señalada pena de prisión o inhabilitación de más de cinco y hasta diez años.
  • A los 5 años el resto de delitos.
  • Al de 1 año, los delitos leves y los de injurias y calumnias.

Si la pena señalada fuera compuesta, se estará a la que mayor plazo de prescripción exija. Y si el supuesto es el de un concurso de infracciones, el plazo será el que corresponda al delito más grave.

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¿CÓMO CANCELAR TUS ANTECEDENTES PENALES?

Publicado: 20/07/2018

Cuando un procedimiento penal acaba para un cliente, la siguiente pregunta que hay que responder es: ¿En cuánto tiempo se van a cancelar sus antecedentes penales?

Para hacer frente a esa pregunta, debemos tener en cuenta los siguientes datos:

¿Qué tipos de penas existen?

Según el artículo 33 del Código Penal, las penas impuestas se califican como graves, menos graves y leves.

Entre otras, las penas graves, son la de prisión permanente revisable, las penas de prisión superiores a 5 años y la pena de inhabilitación absoluta.

Las penas menos graves son, por ejemplo, la penas de prisión de entre tres meses y 5 años, las penas de multa de más de 3 meses y los trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 días y un año.

Por último, entre las penas leves, destaca la pena de multa de hasta 3 meses.

¿Cuáles son los plazos de cancelación?

Los plazos de cancelación de antecedentes penales están previstos en el artículo 136 del Código Penal.

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MENORES DELINCUENTES

Publicado: 25/01/2018

Abogados penalistas Bilbao

Abogados derecho penal Bilbao

 

Cada vez que vemos, escuchamos o leemos noticias como éstas: “La policía detiene a tres chavales e investiga a otros cinco como autores de robos con violencia en el centro de la capital…”, “Los dos jóvenes de 14 años de edad que este domingo fueron arrestados como presuntos autores del doble crimen de dos ancianos del pasado jueves en su domicilio, han sido puestos ya a disposición de la Fiscalía de Menores…”, “Un adolescente y otro menor de 16 años pertenecían a una banda delictiva que ha sembrado el pánico en…”  y, otras tantas más y que se refieren  a la delincuencia juvenil,  surge el debate de si se debería cambiar la Ley Penal del Menor.

Las líneas generales de la actual Ley Penal del Menor

La actual Ley Penal del Menor entró en vigor el 13 de enero de 2001 y desde entonces ha sufrido numerosas reformas. En su intento por amoldarse a los cambios que se han ido produciendo en la sociedad podemos destacar dos novedades principales en cuanto a la ley original: se introducen términos como la responsabilidad civil del menor y la responsabilidad civil solidaria -con el objetivo de reparar el daño a la víctima– e impone un régimen específico para todos los mayores de 14 y menores de 18 años que cometan un delito. Una última modificación (Ley Orgánica 8/2006 de 4 de diciembre) contempla la posibilidad de alargar las penas de los infractores hasta completar un máximo de cinco años dentro de un centro de menores más tres años de libertad vigilada

¿Cuándo se asume responsabilidad penal en España?

Según establece nuestro Código Penal, los menores de 14 años son inimputables penalmente y, por lo tanto, no se les aplican los tipos penales previstos en el mismo. La esencia de dicha decisión, parte de la premisa de que los menores de 14 años, por una cuestión de inmadurez mental, merecen una “segunda oportunidad” sin que sea lo más “recomendable” para su desarrollo personal y social, que accedan al “sistema” en plena niñez o adolescencia. Continue reading “MENORES DELINCUENTES” »

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DERECHO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES

Publicado: 30/10/2017

Abogados Derecho animal Bilbao

Despacho abogados en Bilbao

 

Los animales van dejando AFORTUNADAMENTE de ser un instrumento del bienestar humano, para convertirse en seres protegidos y valorados por sí mismos.

En los últimos años los animales han ido adquiriendo cierta personalidad jurídica, gracias a la presión social, a las asociaciones de protección animal y a los juristas.

Aún así, en España, si nos comparamos con otros estados miembros de la Unión Europea, vamos con cierto retraso pero vamos avanzando. En Todas las Comunidades Autónomas existe una ley de protección de los animales.

Seres vivos cada vez con más derechos…

Antiguamente los animales eran productos, mercancías, cosas que se tenían, se usaban, se intercambiaban y cuando ya no nos servían, se tiraban. Y aunque actualmente haya personas que todavía tengan esa mentalidad hacia ellos, la mayor parte de la sociedad entiende que los animales son seres sintientes.

Los seres sintientes son una rama dentro de los seres vivos que se distingue por su capacidad de sentir sensaciones físicas y psicológicas, como miedo, felicidad, dolor, y de percibir experiencias. Esta capacidad es llamada sentiencia . Continue reading “DERECHO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES” »

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EL DELITO DE CIBERACOSO

Publicado: 25/01/2017

Delitos de ciberacoso

Abogados delitos Bilbao

 

Marco jurídico: concepto y características

En este nuevo “post” vamos a tratar un fenómeno moderno,  pero de importancia creciente, en tanto en cuanto su tasa de litigiosidad ha venido aumentando exponencialmente en los Juzgados, habiendo habiéndose constatado, incluso, casos de suicidios por el sufrimiento moral padecido.

El delito de ciberacoso constituye una modalidad de acoso, en sus vertientes escolares, laborales y/o sexuales, por lo que ostenta la misma naturaleza jurídica, diferenciada por su difusión y extensión a través de las nuevas tecnologías de la información: internet, foros, redes sociales, smartphones y videojuegos online…

Así, entre sus notas distintivas, los Tribunales han venido exigiendo, para su apreciación, de una actividad continuada o reiterada en el tiempo, acometida entre iguales, valiéndose de medios tecnológicos, y pretendiendo humillar públicamente a la víctima.

Lege esparrua: kontzeptua eta ezaugarriak

Posta berri honen bitartez erabat ekarriko dugu fenomeno modernoa. Horren garrantziak guztiz gora egin du azkenaldian; izan ere, epaitegietan horri buruzko pila bat auzi daude, eta gertatu izan dira nork bere buruaz beste egindako kasuak, biktimak pairatutako sufrimendu moralagatik.
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¿QUÉ ES UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO?

Publicado: 30/06/2016

Qué es una orden de protección

Medidas protección para victimas violencia género

 

¿Qué es una orden de alejamiento?

La orden de alejamiento, junto con la prohibición de comunicación, es una de las medidas cautelares que se pueden dictar en el ámbito de un proceso penal por violencia de género y que aparece regulada en el artículo 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

«Artículo 544 bis

En los casos en los que se investigue un delito de los mencionados en el artículo 57 del Código Penal, el Juez o Tribunal podrá, de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario al fin de protección de la víctima, imponer cautelármente al inculpado la prohibición de residir en un determinado lugar, barrio, municipio, provincia u otra entidad local, o Comunidad Autónoma.

En las mismas condiciones podrá imponerle cautelarmente la prohibición de acudir a determinados lugares, barrios, municipios, provincias u otras entidades locales, o Comunidades Autónomas, o de aproximarse o comunicarse, con la graduación que sea precisa, a determinadas personas.»

¿En qué situaciones se concede?

Los elementos cuya concurrencia se tienen en cuenta a la hora de dictarse una orden de alejamiento son:

La existencia de indicios fundados de comisión de un delito (delitos contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad) contra las personas indicadas articulo 173.2 del Código Penal. Continue reading “¿QUÉ ES UNA ORDEN DE ALEJAMIENTO?” »

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STALKING: EL NUEVO DELITO DE ACOSO

Publicado: 20/05/2016

Delitos acoso abogados Bilbao

Abogados penalistas Bilbao

 

Atención! Más información sobre esta materia disponible en: http://iurisbilbao.es/violencia-de-genero-el-nuevo-delito-de-acoso/

El nuevo Código Penal, tipifica en su artículo 172 ter el nuevo delito de «stalking», acecho o acoso.

Su redacción literal es la siguiente:

«1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:

1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.

2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.

3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.

4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella«.

Se trata de un delito contra la libertad, que regula aquellas conductas que, sin poder llegar a ser calificadas como amenazas o coacciones, menoscaban gravemente el sentimiento de seguridad de la víctima, a la que se somete a persecuciones o vigilancias constantes, llamadas reiteradas, u otros actos continuos de hostigamiento.

Es una figura legal novedosa que ya se ha aplicado por primera vez por parte de los Tribunales españoles, mediante la Sentencia de 23 de marzo de 2016, dictada en el proceso Diligencias Urgentes 260/2016, por el Juzgado de Instrucción nº3 de Tudela (Navarra), en un caso de acecho a una mujer mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto, algunos de contenido sexual. Continue reading “STALKING: EL NUEVO DELITO DE ACOSO” »

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