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PELEAS CALLEJERAS: CONSECUENCIAS LEGALES

Publicado: 13/04/2019

¿Qué puede suceder si te ves implicado en una pelea callejera? Te lo explicamos en este artículo. Abogados penalistas Bilbao.
Abogados penalistas Bilbao: peleas callejeras y sus consecuencias legales

Resulta cada vez más habitual escuchar noticias en las que se da cuenta de una pelea o trifulca multitudinaria. Las inmediaciones de bares y discotecas, los alrededores de los campos de futbol o cualquier lugar donde se acumulen muchas personas, suelen ser lugares donde con mayor frecuencia se dan este tipo de enfrentamientos. Las causas por las que se inician son innumerables y, en ocasiones, distinguir quién es agresor y quién victima no siempre resulta sencillo de determinar.

Si no se puede determinar quién es agresor y quién es agredido: Riña tumultuaria

La riña tumultuaria se configura legalmente como un delito de «peligro», y se comete simplemente con participar en una riña en la que se porten elementos que puedan poner en peligro la vida o la integridad física de las personas. Es decir, para poder ser condenado por el delito de riña tumultuaria no hace falta causar ningún tipo de lesión, sino la mera participación en ella.

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EL IMPUESTO DE SUCESIONES

Publicado: 07/12/2017

Despacho herencias Bilbao

Abogados herencias y testamentos en Bilbao

 

Cuando una persona fallece, puede llegar a tener una serie de bienes, derechos y obligaciones que forman su herencia y que pasan a sus sucesores  bien sean herederos o legatarios. La diferencia entre ambas figuras es  que el heredero sucede al causante o fallecido en su conjunto patrimonial, activo y pasivo, tanto en los derechos como en las obligaciones que no se extingan por su muerte, mientras que el legatario sólo lo hace en bienes o derechos determinados por el testador.

Si somos herederos o legatarios, ¿tenemos alguna obligación con Hacienda?

Claro, tenemos que tributar por el Impuesto de Sucesiones que es un impuesto que grava la transmisión de bienes y derechos por causa de fallecimiento de una persona física. Se tiene que hacer al recibir una herencia, su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas y es un impuesto directo y progresivo.

¿Qué tenemos que hacer?

Lo primero que debemos hacer, antes de liquidar el impuesto, es reunir una serie de documentos que nos hará falta para la correcta liquidación del mismo. Deberemos conseguir el Certificado de Defunción de la persona fallecida, el Certificado de Actos de Última Voluntad que nos informará de si la persona fallecida había otorgado o no testamento y si lo había otorgado, en que Notaría se halla depositado, así como otros relativos a los Inmuebles, Cuentas y Libretas de Ahorro, documentación de los vehículos y justificación documental de otros bienes y derechos. Continue reading “EL IMPUESTO DE SUCESIONES” »

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