🟣¿CÓMO ACTUAR ANTE UN CASO DE VIOLENCIA DE GÉNERO?
Qué es la Violencia de Género
La violencia de género es aquella que se ejerce sobre las mujeres, como manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y de las relaciones de poder de los hombres sobre éstas, por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o por quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia (art. 1.1 LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género).
Comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad. Comprende, igualmente, la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero. (arts. 1.3 y 1.4 LO 1/2004)
“La violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado. Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión”. (Exposición de motivos, LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género)
Reconocer la Violencia de Género
No siempre es fácil reconocer los signos que pueden indicar que se está siendo víctima de violencia de género, pues en algunos casos éstos pueden ser difusos o muy sutiles, pero sí existen una serie de indicios que pueden evidenciarlo:
- Humillaciones y ridiculizaciones, tanto en público como en privado
- Gritos e insultos, en publico o en privado
- Amenazas contra la mujer o sus familiares y allegados
- Agresiones físicas
- Control del dinero
- Control de llamadas y de relaciones sociales
- Aislamiento social
- …
También puede darse la Violencia de Género por medios digitales:
- Acoso o control vía teléfono móvil
- Control de actividad en redes sociales
- Humillaciones y ridiculizaciones en redes sociales
- Geolocalización
- …
Cómo denunciar un caso de Violencia de Género
Ante un caso de violencia de género, tanto la propia víctima, como cualquier persona que tenga conocimiento del mismo, podrá denunciar los hechos poniéndolos en conocimiento de las autoridades. De igual modo, la policía tras una intervención o los médicos del hospital donde se acuda a tratar las lesiones que hayan podido producirse, pueden interponer la correspondiente denuncia.
La denuncia podrá interponerse en cualquier comisaría de policía de manera presencial, exponiendo los hechos y los daños sufridos, ante el agente encargado, el cual recogerá la declaración por escrito y la dará trámite, remitiéndola posteriormente al juzgado. Estos agentes, disponen de formación específica en materia de violencia de género
“El retraso en denunciar no conlleva por sí mismo la duda en la credibilidad de la víctima en delitos sexuales y de violencia de género sobre todo, ya que las especiales características de estos delitos que hacen «más víctimas a las víctimas» conlleva que pueda presentarse la denuncia con una elevada diferencia con la fecha de los hechos sin que ello suponga una merma de la credibilidad”. (STS de 25 de enero de 2025)
También podrá denunciarse por teléfono, llamando a los números habilitados para la Policía Nacional (091), Guardia Civil (062) o Policía Local (092); así como al (112) teléfono de emergencias.
Por otra parte, se ha habilitado un número específico para los casos de violencia de género (016), donde las víctimas podrán recibir asesoramiento. Este número no deja rastro.
Es importante, en caso de ser posible, recopilar pruebas de los hechos que se denuncian: grabaciones de video o audio, testigos, informe médico de asistencia, mensajes de texto o whatsapp, pantallazos de las redes sociales…
“Las víctimas de violencia de género tienen derecho a la reparación, lo que comprende la indemnización, las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social, las acciones de reparación simbólica y las garantías de no repetición”. (art. 28 ter.1 LO 1/2004, de 28 de diciembre).
Somos abogados penalistas en Bilbao, expertos en la gestión de procedimientos de violencia de género; con más de 15 años de experiencia, como acusación y como defensa.
Los asuntos de violencia de género requieren de abogados especialistas, que sepan analizar tanto los hechos, como acompañar a la víctima a lo largo de todo el proceso pre-judicial, judicial y post-judicial.
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