¿CÓMO REALIZAR UN TESTAMENTO VITAL?
¿Qué es un documento de voluntades anticipadas?
Se trata de un documento en el que una persona mayor de edad y no incapacitada, indica, de manera libre y meditada, cómo quiere que se le trate si concurre una circunstancia médica en la que no sea capaz de manifestar su voluntad.
Además, en dicho documento, se puede dejar designada a una o varias personas como interlocutores válidos ante los profesionales de la salud, para que actúen y decidan en nombre del paciente si éste no puede expresar su voluntad.
¿Qué requisitos legales tiene que cumplir?
Este documento debe estar formalizado por escrito de alguno de los siguientes modos:
• ante tres testigos (los testigos serán personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco -hasta segundo grado- o relación patrimonial alguna).
• ante Notario.
• ante el funcionario o empleado público encargado del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.
El documento puede revocarse o modificarse su contenido, en cualquier momento, prevaleciendo el último de ellos.
¿Cómo se comunica su contenido?
Es aconsejable que la persona interesada comunique al médico responsable de su asistencia que ha realizado este tipo de documento, a fin de que se incluya en su historia clínica.
Una vez reflejado en la historia clínica, el documento de voluntades anticipadas queda protegido por las garantías de confidencialidad legalmente establecidas.
Además, es aconsejable que, una vez confeccionado, también se inscriba en el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas para que sea más fácil que los profesionales sanitarios lo conozcan en el momento en que sea necesaria su aplicación.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!