¿CÓMO SE COBRA UNA HERENCIA?
Muchos clientes acuden a nuestro Despacho de Bilbao, tras el fallecimiento de un familiar, sin saber cómo comenzar con la tramitación de su herencia.
No hay que desconocer que, además, suele tratarse de un momento personal difícil y, por lo tanto, es necesario explicar cómo comenzar con las gestiones de un modo sencillo y práctico.
La primera cuestión a tener en cuenta es si el causante ha fallecido dejando o no testamento.
El segundo elemento a gestionar es obtener un certificado de defunción (solicitándolo en el Registro Civil) y un certificado de últimas voluntades para conocer en qué Notaria se encuentra depositado el último testamento otorgado (debe cumplimentarse el impreso 790 y presentarse en el Registro Central de Ultimas Voluntades perteneciente al Ministerio de Justicia).
A partir de ahí, van a ser tres las cuestiones que habrá que determinar:
¿Quiénes son los herederos del causante?
Sobre este primer elemento, existen dos posibilidades:
Que el fallecido haya instituido herederos en testamento o que, en caso de no existir éste, deba procederse a una declaración de herederos.
¿Cómo se acepta la herencia?
Cada heredero puede tomar la decisión personal de aceptar o no su parte de la herencia.
En caso de querer renunciar a la misma, dicha manifestación debe realizarse expresamente mediante documento notarial.
Es muy importante que todos los herederos se pronuncien al respecto y, en caso de falta de relación entre los mismos, puede requerirse notarialmente para que manifiesten su aceptación o renuncia de la misma (artículo 1005 Código Civil).
Además, de desconocer el paradero de uno de ellos, debe denunciarse tal ausencia, en orden a que dicho heredero pueda ser representado.
En los supuestos de renuncia por parte de uno o varios herederos, habrá que determinar (según el contenido del testamento o, en su caso, de la normativa vigente) si procede la sustitución (por ejemplo, a favor de sus hijos) o el derecho a acreecer, por ejemplo, a favor de sus hermanos, respecto de sus derechos hereditarios.
¿Cómo se reparte una herencia?
La herencia, una vez hayan comparecido todos los herederos o sus representantes, podrá repartirse entre todos ellos, otorgando a cada uno su parte por bienes o lotes y respetándose los posibles legados.
A partir de ahí, cada heredero adquirirá la propiedad de lo adjudicado y podrá realizar las inscripciones registrales oportunas.
Si tenéis dudas sobre una herencia o un testamento, podéis consultar con los abogados expertos en sucesiones de nuestro Bufete de Bilbao.
Además, os recordamos que se ha modificado la normativa sobre sucesiones en Euskadi y que, por lo tanto, es posible realizar nuevos testamentos actualizados a la misma.
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