LOS EFECTOS CIVILES DE CASARSE «POR LA IGLESIA»…

Publicado: 14/05/2014

Efectos civiles del matrimonio católico...

Efectos civiles del matrimonio católico…

 

A continuación, un  post «rapidito» con las tres ideas clave que tenéis que recordar sobre los efectos (legales, claro) de contraer matrimonio católico en España…

Al matrimonio católico o canónico celebrado en España, se le reconocen efectos civiles.

Para ello, una vez celebrado el matrimonio por la Iglesia, éste se debe inscribir en el Registro Civil correspondiente al domicilio de los contrayentes, mediante la presentación de la certificación eclesiástica del matrimonio que, el párroco de la Parroquia donde se ha celebrado el matrimonio, entrega a los contrayentes.

Dicha inscripción, es una tarea que deben realizar los contrayentes, puesto que, de no llevarse a cabo, el matrimonio no surtirá efectos civiles (aunque sí para la Iglesia).

El Registro  Civil, tras ello, hará entrega, a su vez, del libro de familia.

Así, en España, según el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede (Acuerdo sobre asuntos jurídicos firmado el 3 de enero de 1979 en la CIudad del Vaticano) se puede celebrar un matrimonio civil y después, un matrimonio canónico, pero nunca a la inversa: los casados por la Iglesia, ya están casados «por lo civil».

El resto de los países, se rigen por sus respectivos acuerdos con la Santa Sede.

Y, con respecto a los españoles que contraigan matrimonio católico en otros países y los extranjeros que lo hagan en España, lo esencial es que deben informarse en sus respectivos Consulados o Embajadas, sobre los requisitos necesarios para que los matrimonios católicos celebrados fuera de su  país, sean reconocidos por éste, puesto que, en caso contrario, pudieran no tener validez católica y, por lo tanto, no tener validez civil.

Esperamos que, estas ideas «esenciales» sobre qué efectos civiles tiene un matrimonio católico en España, os sean de ayuda y, ya sabéis, si algo sale mal (tomadlo con mucho sentido del humor, por favor), en nuestro Despacho de abogados de Bilbao disponemos de un estupendo Departamento de DERECHO DE FAMILIA (divorcios, separaciones, nulidades, custorias de hijos,…) con abogados de familia y matrimonialistas especializados.

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2 thoughts on “LOS EFECTOS CIVILES DE CASARSE «POR LA IGLESIA»…

    1. Iuris Autor

      En nuestro Despacho de abogados de Bilbao, os ayudamos a realizar todos los trámites pre-matrimoniales y resolvemos todas vuestras dudas sobre qué régimen matrimonial escoger. Somos especialistas en Derecho de Familia… Y, por cierto! Si las cosas no van bien, también tramitamos vuestra separación o divorcio…

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