📌 NUEVA OBLIGACIÓN PARA EMPLEADORES DEL HOGAR
Desde el 14 de noviembre de 2025 es obligatoria la evaluación de riesgos laborales
👀 ¿QUÉ HA CAMBIADO?
Desde el 14 de noviembre de 2025, las trabajadoras del hogar tienen derecho a exigir a sus empleadores que realicen una evaluación de riesgos laborales del domicilio en el que trabajan, tal y como explica la noticia publicada en El País:
Esta obligación se establece en el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, que regula por primera vez la prevención de riesgos laborales en el empleo del hogar:
🏠 ¿QUIÉN TIENE QUE HACER LA EVALUACIÓN?
La evaluación es obligatoria para todas las personas empleadoras del hogar, independientemente de:
- Horas de trabajo
- Tipo de tareas (limpieza, cuidado, cocina…)
- Frecuencia de la prestación
- Antigüedad de la relación laboral
👉 Si hay relación laboral, hay obligación de evaluar.
🛠️ ¿CÓMO SE HACE LA EVALUACIÓN?
👉 1. Entrar en la herramienta oficial del Ministerio
La normativa remite a la plataforma gratuita Prevención10, donde la evaluación se realiza con pasos guiados.
👉 2. Indicar tareas y características del puesto
Ejemplos: limpieza, plancha, cocina, uso de productos, cuidado de personas dependientes.
👉 3. Identificar los riesgos del domicilio
- 🧴 Productos irritantes
- 🧹 Suelos mojados
- 🪑 Escaleras inestables
- 🔌 Cables o enchufes defectuosos
- 📦 Esfuerzos físicos o cargas pesadas
👉 4. Adoptar medidas preventivas
- Cambiar productos por otros menos nocivos
- Usar guantes o mascarilla cuando sea necesario
- Retirar obstáculos
- Colocar iluminación adecuada
- Evitar pesos excesivos
👉 5. Entregar el documento a la trabajadora
La empleada debe recibir una copia clara de su evaluación.
👉 6. Guardar el PDF generado
El empleador debe conservarlo por si la Inspección lo solicita.
⚠️ ¿QUÉ PASA SI NO CUMPLO?
El incumplimiento puede considerarse una infracción grave en prevención de riesgos laborales y acarrear:
- Multas de cientos a miles de euros
- Requerimientos de la Inspección
- Mayor responsabilidad si hay un accidente
- Conflictos laborales evitables
Desde noviembre de 2025, la trabajadora puede exigir formalmente la evaluación.
📋 CHECKLIST PARA EMPLEADORES
- [ ] He realizado la evaluación de riesgos
- [ ] He entregado el documento a la trabajadora
- [ ] He implantado las medidas preventivas necesarias
- [ ] Conservo el PDF de la evaluación
- [ ] La actualizaré si cambian tareas o domicilio
🤝 ¿CÓMO PUEDE AYUDARTE IURIS ESTUDIO JURÍDICO?
✔ Para empleadores
- Realizamos o revisamos la evaluación
- Asesoramos para evitar sanciones
- Regularizamos contratos y Seguridad Social
- Resolución de dudas sobre medidas preventivas
✔ Para trabajadoras del hogar
- Revisamos si el empleador cumple la ley
- Explicamos derechos y obligaciones
- Acompañamos en reclamaciones o incidencias
Iuris Estudio Jurídico – Calle Iparraguirre 11, Bilbao – Tel. 944 240 473





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