🍽️ Pensiones de alimentos en caso de Divorcio: Guía práctica y jurisprudencial 2️⃣5️⃣-2️⃣6️⃣
¿Cuánto se paga? ¿Quién la abona? ¿Cuándo puede modificarse o extinguirse? 🤔
En este artículo te explicamos de forma clara y didáctica las claves legales, ejemplos prácticos y la doctrina más reciente del Tribunal Supremo.
1️⃣ ¿Qué es la pensión de alimentos?
La pensión de alimentos es la cantidad económica que uno de los progenitores —habitualmente el no custodio— debe abonar al otro para cubrir los gastos ordinarios de los hijos tras una separación o divorcio.
Incluye todo lo necesario para su sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación.
📜 «La obligación de alimentos deriva del vínculo de filiación y subsiste con independencia del régimen de guarda y custodia establecido.»
— Sentencia del Tribunal Supremo (Sala 1ª) de 11 de febrero de 2016 (RJ 2016/610)
Esta pensión no es una ayuda voluntaria, sino una obligación legal prevista en el artículo 142 del Código Civil y en los artículos 93 y 94 para casos de separación y divorcio.
2️⃣ ¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
No existe una tabla universal, pero los tribunales tienen en cuenta principalmente tres factores:
- 💶 Los ingresos y capacidad económica de cada progenitor.
- 👧 Las necesidades reales de los hijos (edad, estudios, salud, etc.).
- 🏠 El número de hijos y el tiempo de convivencia con cada uno.
En Euskadi y en Bizkaia, los juzgados suelen tomar como referencia las Tablas Orientadoras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), aunque cada caso se analiza individualmente.
📜 «El cálculo de la pensión alimenticia debe realizarse atendiendo al principio de proporcionalidad del artículo 146 del Código Civil, en función de las necesidades de los hijos y de los recursos de los progenitores.»
— STS 641/2018, de 20 de noviembre
3️⃣ ¿Quién paga la pensión de alimentos?
El progenitor no custodio suele ser quien abona la pensión al progenitor custodio.
Sin embargo, en los casos de custodia compartida, la obligación puede distribuirse de forma diferente, ajustando la contribución de cada uno según sus ingresos.
📜 «La custodia compartida no exime del deber de alimentos cuando existe desequilibrio económico entre los progenitores.»
— STS 194/2016, de 29 de marzo
Así, incluso con custodia compartida, puede imponerse una pensión al progenitor con mayores recursos para mantener el equilibrio económico entre los hogares de los hijos.
4️⃣ Casos prácticos reales 👩⚖️
- Caso 1: Un padre con ingresos de 2.500 €/mes y una madre con 1.200 €/mes tienen dos hijos menores. Aunque la custodia es compartida, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco impuso al padre una pensión de 250 € por hijo, aplicando el principio de proporcionalidad (SAP Bizkaia, 24/02/2021).
- Caso 2: Una madre sin ingresos estables y un padre con contrato indefinido y nómina de 1.800 €/mes. Custodia materna. El juzgado fija una pensión de 350 € mensuales para cubrir alimentación, vivienda y gastos escolares (JPI nº 7 de Bilbao, 2022).
- Caso 3: Tras un divorcio de mutuo acuerdo, los progenitores pactan una pensión de 200 €. Años después, el hijo inicia estudios universitarios fuera de Bilbao. El padre solicita reducción, pero el juez la mantiene al considerar que «las necesidades del hijo aumentan con la edad» (SAP Bizkaia, 2020).
5️⃣ Gastos ordinarios y extraordinarios 💸
Una confusión habitual es pensar que la pensión cubre todos los gastos. En realidad, solo cubre los gastos ordinarios (comida, ropa, colegio, vivienda).
Los gastos extraordinarios (como gafas, tratamientos médicos o actividades extraescolares) deben pagarse aparte, normalmente al 50 % entre los progenitores, salvo pacto distinto.
📜 «Los gastos extraordinarios son aquellos imprevisibles y necesarios, no incluidos en la pensión ordinaria de alimentos.»
— STS 579/2014, de 15 de octubre
6️⃣ ¿Cuándo puede modificarse la pensión? 🔄
La pensión de alimentos puede modificarse cuando cambian las circunstancias económicas o personales de los progenitores o de los hijos.
- 🔺 Aumento o pérdida de ingresos.
- 🎓 Finalización de estudios o independencia económica de los hijos.
- 🤕 Situaciones de enfermedad o discapacidad sobrevenida.
📜 «La modificación de medidas requiere un cambio sustancial, cierto y duradero en las circunstancias tenidas en cuenta al fijar la pensión.»
— STS 64/2020, de 4 de febrero
7️⃣ Extinción de la pensión de alimentos ⚖️
La obligación de alimentos no se extingue automáticamente al cumplir la mayoría de edad.
Solo cesa cuando el hijo alcanza independencia económica real o actúa con falta de diligencia en sus estudios o en la búsqueda de empleo.
📜 «La pensión de alimentos a favor de hijos mayores de edad subsiste mientras no alcancen independencia económica por causa no imputable a ellos.»
— STS 700/2014, de 21 de diciembre
8️⃣ Qué hacer si no se paga la pensión 😟
El impago de la pensión de alimentos puede reclamarse judicialmente mediante ejecución de sentencia.
Además, si el impago es reiterado, puede constituir un delito de abandono de familia (artículo 227 del Código Penal).
📜 «El impago doloso y reiterado de la pensión alimenticia fijada judicialmente constituye un delito de abandono de familia.»
— STS 64/2019, de 29 de enero
9️⃣ Consejos de Iuris Estudio Jurídico Bilbao 🏛️
- 🤝 Busca siempre acuerdos equilibrados. Un convenio regulador bien redactado evita conflictos futuros.
- 🧾 Guarda justificantes de todos los pagos y gastos. Son esenciales en caso de reclamación.
- 📈 Revisa periódicamente la pensión, especialmente si cambia tu situación laboral.
- ⚖️ Si el otro progenitor no paga, actúa rápido: cada mensualidad impagada prescribe a los 5 años.
🔟 Conclusión
La pensión de alimentos es una herramienta para garantizar el bienestar de los hijos y evitar desigualdades tras un divorcio.
Su cuantía y duración deben adaptarse a cada familia, siempre desde la proporcionalidad y la protección del menor.
En Iuris Estudio Jurídico Bilbao te asesoramos de forma personalizada sobre el cálculo, revisión o reclamación de pensiones de alimentos.
Nuestro equipo combina experiencia jurídica y sensibilidad familiar para alcanzar soluciones justas y estables.
☎️ Teléfono: 944 240 473
🌐 Web: www.iurisbilbao.es
📧 Email: info@iurisbilbao.es





Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!