¿QUÉ HACER SI NO PUEDES VER A TU HIJO? INCUMPLIMIENTOS DE VISITAS
¿Qué pasa cuando un padre no puede ver a sus hijos?
La cruda realidad es que, si se empieza con incumplimientos, reconducir la situación no suele ser fácil. Y ello porque, lamentablemente, detrás de un comportamiento de este tipo por parte de un menor de edad, suele estar la influencia de un adulto.
Sobre este problema de partida, os recordamos nuestro post sobre la interferencia parental y pasamos a explicaros los cauces legales que pueden activarse ante un incumplimiento de un Auto o de una Sentencia dentro de un procedimiento de separación, divorcio o ruptura de pareja de hecho:
La vía civil: Demanda Ejecutiva
Consiste en comunicar al Juzgado que estableció el sistema de custodia o el régimen de visitas, que no se está cumpliendo, con el objetivo de que requiera al progenitor a respetar y a cumplir la resolución judicial.
Se trata de un proceso lento y tedioso que no soluciona el problema, dado que, como mucho, puede acabar en la imposición de multas.
La vía penal: comisión de un Delito de Desobediencia
Si en la tramitación de los despachos de ejecución (vía civil) se ha requerido personalmente a la parte incumplidora para que respete y lleve a cabo el régimen de visitas establecido y, aún así, no lo ha hecho, puede interponerse frente a ella una denuncia por comisión de un delito de desobediencia a la autoridad (previsto en el artículo 556 CP).
Dicho delito requiere, en síntesis, de la concurrencia de los siguientes elementos objetivos y subjetivos: que al denunciado se le haya notificado debidamente la orden judicial que le insta a cumplir el contenido de una determinada resolución judicial y que su voluntad sea persistentemente rebelde al cumplimiento de dicha resolución.
En la práctica…
Cada vez son más los progenitores que denuncian este tipo de situaciones y que no se rinden frente a la dolorosa constatación de que, de la noche a la mañana, no pueden ver a sus hijos.
Pero, no siempre se encuentran con una respuesta judicial que, ante estos incumplimientos (que son un auténtico maltrato hacia un menor, a quien no se le permite tener un contacto normalizado con uno de sus progenitores) adopten un cambio de custodia o condenen al padre/madre que ha desplegado ese tipo de comportamientos.
Por lo tanto, la recomendación es actuar desde el primer incumplimiento, intentar que los menores sepan (aunque sea por vías indirectas) que su padre/madre no les olvida y recibir asistencia psicológica para no perder la fuerza durante lo que será un duro proceso por recuperar la relación paterna/materno – filial.
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