🦷¿Quién paga el dentista de los hijos tras un divorcio?
El ortodoncista recomienda poner brackets al hijo. Uno de los progenitores acepta el tratamiento. El otro responde que no piensa pagar porque nadie le ha preguntado.
⚠️ Lo primero que debes saber: que un tratamiento dental sea necesario no significa automáticamente que el otro progenitor esté obligado a pagarlo sin más.
Todo dependerá de si se trata de un gasto ordinario o extraordinario, de si era urgente, de si existía recomendación profesional y de si se informó previamente al otro progenitor.
¿El dentista es un gasto ordinario o extraordinario?
La clave está precisamente en esa distinción.
Los gastos ordinarios son aquellos previsibles, periódicos y necesarios para el mantenimiento habitual de los hijos. Normalmente quedan cubiertos por la pensión de alimentos.
Los gastos extraordinarios, en cambio, son aquellos que no se producen de forma regular, que no siempre pueden preverse y que suelen tener un importe relevante.
Los tratamientos dentales suelen generar conflicto porque algunos pueden considerarse ordinarios y otros extraordinarios.
No todos los tratamientos dentales son iguales
No es lo mismo una revisión anual que una ortodoncia de varios miles de euros.
Tampoco es lo mismo una limpieza rutinaria que una extracción urgente por infección.
| Tratamiento dental | Calificación habitual | Comentario |
|---|---|---|
| Revisión anual | Gasto ordinario | Suele considerarse previsible y de bajo coste. |
| Limpieza dental periódica | Gasto ordinario | Dependerá del caso y de la periodicidad. |
| Empaste | Depende | Puede ser ordinario o extraordinario según el importe y la necesidad. |
| Extracción urgente | Extraordinario necesario | Especialmente si existe dolor, infección o urgencia médica. |
| Ortodoncia | Depende del caso | Debe analizarse si existe necesidad médica o finalidad estética. |
| Invisalign u ortodoncia invisible | Puede generar discusión | Es importante justificar la necesidad y valorar alternativas. |
| Cirugía maxilofacial | Extraordinario necesario | Normalmente exige informe profesional y presupuesto. |
💬 Lo vemos cada día en el despacho
En Iuris Estudio Jurídico comprobamos con frecuencia que muchos conflictos sobre gastos extraordinarios no surgen porque un progenitor no quiera atender las necesidades de sus hijos, sino porque cada uno interpreta de forma distinta qué debe considerarse incluido en la pensión de alimentos.
Un progenitor entiende que el tratamiento dental es imprescindible y debe pagarse al 50 %. El otro considera que no se le ha consultado, que el presupuesto es excesivo o que existen alternativas más económicas.
Por eso, en estos casos, la forma de comunicar el gasto y la documentación previa suelen ser casi tan importantes como el propio tratamiento.
¿Quién paga los brackets de un hijo?
La ortodoncia es uno de los gastos dentales que más conflictos genera.
En muchos casos puede considerarse un gasto extraordinario, especialmente cuando existe una recomendación profesional y el tratamiento responde a una necesidad real del menor.
Ahora bien, no siempre basta con presentar una factura una vez iniciado el tratamiento.
Lo recomendable es informar previamente al otro progenitor, aportar el presupuesto, explicar la necesidad del tratamiento y permitir que pueda valorar la propuesta.
¿Y si se trata de Invisalign u ortodoncia invisible?
La ortodoncia invisible puede generar más discusión que una ortodoncia convencional, especialmente si su coste es superior.
En estos casos conviene justificar por qué se recomienda ese tratamiento concreto y no otro más económico.
Si la elección responde a una cuestión estética o de comodidad, puede ser más difícil exigir al otro progenitor el pago de su parte si no ha prestado conformidad.
¿Hay que pedir permiso al otro progenitor?
En la mayoría de los casos, sí.
Cuando el tratamiento no es urgente, lo prudente es informar previamente al otro progenitor y solicitar su conformidad.
Esto no significa que el otro progenitor pueda bloquear cualquier tratamiento necesario, pero sí que debe tener oportunidad de conocer:
- qué tratamiento se propone;
- por qué es necesario;
- cuál es su coste;
- si existen alternativas;
- qué parte tendría que asumir cada progenitor.
¿Qué ocurre si el otro progenitor se niega?
La negativa del otro progenitor no siempre impide realizar el tratamiento.
Si el tratamiento es necesario para la salud del menor y existe una recomendación profesional clara, el progenitor que lo adelante podrá reclamar posteriormente la parte correspondiente.
Eso sí, cuanto mejor documentada esté la necesidad del tratamiento, más sólida será la reclamación.
Es recomendable conservar:
- informe del odontólogo;
- presupuesto;
- facturas;
- justificantes de pago;
- mensajes o correos enviados al otro progenitor;
- respuesta del otro progenitor, si la hubo.
¿Y si el tratamiento es urgente?
Cuando existe una urgencia médica, la situación cambia.
Si el menor tiene dolor, infección, traumatismo o una necesidad inmediata, no siempre es posible esperar a una autorización previa.
En esos casos, lo importante es actuar en beneficio del menor y documentar correctamente la urgencia.
Después podrá reclamarse la parte correspondiente, siempre que el gasto esté justificado.
¿Cómo suelen repartirse estos gastos?
Salvo que la sentencia o el convenio regulador establezcan otra cosa, lo habitual es que los gastos extraordinarios necesarios se abonen al 50 % entre ambos progenitores.
No obstante, puede acordarse un reparto diferente cuando existe una diferencia importante de ingresos o cuando así se haya pactado expresamente.
Por eso, antes de reclamar o negarse a pagar, siempre conviene revisar la resolución judicial.
¿Qué dice el convenio regulador?
El convenio regulador o la sentencia de divorcio son el punto de partida.
Muchos convenios regulan expresamente los gastos extraordinarios y mencionan tratamientos como:
- gastos médicos no cubiertos por la sanidad pública;
- dentista;
- ortodoncia;
- gafas;
- psicólogo;
- logopeda;
- actividades extraescolares.
Una redacción clara evita muchos problemas.
En cambio, cuando el convenio es genérico o ambiguo, los conflictos suelen repetirse cada vez que aparece un nuevo gasto.
❌ Errores frecuentes
En este tipo de situaciones conviene evitar algunos errores que pueden complicar mucho la reclamación posterior.
- Empezar un tratamiento costoso sin informar al otro progenitor.
- No pedir presupuesto por escrito.
- No conservar informes ni facturas.
- Pensar que todo gasto dental es automáticamente extraordinario.
- Negarse a pagar sin valorar la necesidad médica del menor.
- Esperar demasiado tiempo para reclamar.
¿Cómo reclamar el pago del dentista?
Si el gasto está justificado y el otro progenitor se niega a pagar su parte, puede reclamarse.
Antes de acudir al juzgado, suele ser recomendable realizar una reclamación clara y documentada.
Lo ideal es indicar:
- qué tratamiento se ha realizado;
- por qué era necesario;
- cuál ha sido su coste;
- qué parte corresponde abonar al otro progenitor;
- qué documentación se aporta.
Si aun así no hay acuerdo, podrá valorarse la vía judicial correspondiente.
📌 Preguntas frecuentes
¿Quién paga los brackets de los hijos?
Dependerá de lo que diga el convenio o la sentencia y de si el tratamiento está médicamente justificado.
Cuando la ortodoncia es necesaria y está recomendada por un profesional, suele poder considerarse gasto extraordinario. Lo prudente es informar previamente al otro progenitor y aportar presupuesto.
¿Quién paga Invisalign?
Puede generar más discusión que una ortodoncia convencional, sobre todo si su precio es más elevado.
Será importante justificar que ese tratamiento concreto es adecuado o necesario, y no una simple elección estética o de comodidad.
¿Un empaste es gasto extraordinario?
Depende del caso.
Si se trata de un tratamiento puntual, necesario y no previsto, podría reclamarse como gasto extraordinario. Si forma parte de cuidados ordinarios y de bajo coste, puede discutirse que esté incluido en la pensión de alimentos.
¿Y si el niño se rompe un diente?
Si existe un accidente o una urgencia, el tratamiento suele tener carácter necesario.
En ese caso, lo importante es atender al menor y conservar toda la documentación médica y económica para reclamar después la parte correspondiente.
¿Puede uno de los progenitores elegir un dentista privado?
Dependerá de las circunstancias.
Si existen alternativas cubiertas por la sanidad pública o presupuestos muy diferentes, puede ser necesario justificar por qué se acude a un determinado profesional privado.
¿Qué pasa si el convenio no dice nada sobre dentista?
Habrá que analizar si el gasto puede considerarse ordinario o extraordinario, si era necesario, si se informó al otro progenitor y cuál es el criterio habitual aplicado en ese tipo de tratamientos.
¿Puedo reclamar una factura antigua?
Dependerá del tiempo transcurrido, de si se comunicó el gasto en su momento y de la documentación disponible.
En general, cuanto antes se reclame y mejor documentado esté el gasto, más sencilla será la reclamación.
En resumen
El dentista de los hijos tras un divorcio no siempre se paga de la misma manera.
Algunos tratamientos pueden estar incluidos en los gastos ordinarios cubiertos por la pensión de alimentos, mientras que otros pueden considerarse gastos extraordinarios que deben abonarse entre ambos progenitores.
La clave está en analizar el tipo de tratamiento, su necesidad, el coste, lo que establece el convenio regulador y si existió comunicación previa entre los progenitores.
En Iuris Estudio Jurídico asesoramos a madres y padres en conflictos relacionados con gastos extraordinarios, pensiones de alimentos y ejecución de medidas familiares. Sabemos que muchas discusiones podrían evitarse con una buena planificación y una reclamación correctamente planteada.
Si tienes dudas sobre quién debe pagar el dentista, la ortodoncia u otros gastos extraordinarios de tus hijos, podemos revisar tu convenio regulador y ayudarte a encontrar la solución más adecuada.
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