ROBOS Y AGRESIONES A ANCIANOS, ¿QUÉ DENUNCIAR?
Cada vez es más frecuente la aparición de noticias en prensa y en radio sobre el incremento de los delitos de hurto o robo sobre personas mayores de edad, cometidos en la calle, a la salida de Entidades Bancarias o, incluso, dentro de sus propias casas y con ellos dentro.
Los ancianos (tanto por su edad, como por sus condiciones físicas) son personas vulnerables, muchas veces solitarios y bastante confiados.
Además, cada vez que sufren una situación de robo o de agresión, se muestran reacios a denunciar lo sucedido, básicamente por «vergüenza» y por evitar ser considerados por los demás como «pardillos».
La abogada de nuestro Despacho de Bilbao, Olga Rodríguez Marcos, ha acudido al programa de televisión de ETB «Sin Ir Más Lejos», para analizar todas estas circunstancias:
¿Qué hacer y cómo reclamar en caso de haber sufrido un robo o una agresión?
Lo esencial, tras sufrir un hurto o un robo (en caso de haberse producido la sustracción con violencia o intimidación sobre la persona), es denunciar inmediatamente lo sucedido.
De ese modo, la Policía podrá comenzar a recabar información (descripciones físicas, forma de actuar, cuántas personas estaban implicadas en el hecho,…) y a intentar detener a los culpables.
En segundo lugar, si se han sufrido lesiones, es imprescindible acudir al médico, a fin de que valore dichas lesiones (el médico emitirá un parte de lesiones).
Y, por último, es importante recabar toda la información posible (fotografías, facturas,…) sobre los objetos sustraídos, en orden a realizar la oportuna reclamación al Seguro y a acreditar, en caso de que tales bienes sean recuperados por la Policía, la propiedad de los mismos.
¿Qué diferencias existen entre el delito de hurto y el delito de robo?
La diferencial esencial reside en que en el delito de robo concurre el elemento de fuerza en las cosas o de violencia o intimidación sobre las personas.
La pena prevista para este delito puede llegar hasta los 5 años de prisión.
En el caso del delito de hurto, si la cantidad sustraída no supera los 400€, solo será castigado con una pena de multa.
Si se superan los 400€, la pena será de hasta 18 meses de prisión.
Y si en el delito ha concurrido reincidencia, ha supuesto un aprovechamiento de las especiales circunstancias de vulnerabilidad de la víctima o para ella supone un grave quebranto económico, la pena puede incrementarse hasta los 3 años de prisión.
¿Y si también se ha producido una agresión física a la víctima?
Si en el acometimiento sufrido por la víctima, además se le han causado lesiones, junto con la pena impuesta por el hurto o robo perpetrados, se impondrá la pena correspondiente a las lesiones físicas causadas.
Dicha pena dependerá de las lesiones sufridas, pero se considera una circunstancia «agravante» (con previsión de penas de prisión de hasta 5 años) la agresión a personas vulnerables o «personas con discapacidad necesitadas de especial protección», como podría ser la situación de un anciano.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!