Archivo de la etiqueta: a delitos

LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE

Publicado: 04/04/2018

Abogados penalistas Bilbao
Abogados delitos Bilbao

La Prisión Permanente Revisable es la máxima pena que se contempla en la actualidad y se introdujo en nuestro Código Penal mediante la Ley Orgánica 1/15 de 30 de marzo de 2015.

¿A qué delitos se aplica?

Está tipificada como pena grave y se prevé, por ejemplo, para los Delitos contra la Corona (artículo 485 CP); si bien, los supuestos más «habituales» resultarían ser los siguientes:

Artículo 140 CP

1. El asesinato será castigado con pena de prisión permanente revisable cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • 1.ª Que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
  • 2.ª Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima.
  • 3.ª Que el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.
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MENORES DELINCUENTES

Publicado: 25/01/2018

Abogados penalistas Bilbao

Abogados derecho penal Bilbao

 

Cada vez que vemos, escuchamos o leemos noticias como éstas: “La policía detiene a tres chavales e investiga a otros cinco como autores de robos con violencia en el centro de la capital…”, “Los dos jóvenes de 14 años de edad que este domingo fueron arrestados como presuntos autores del doble crimen de dos ancianos del pasado jueves en su domicilio, han sido puestos ya a disposición de la Fiscalía de Menores…”, “Un adolescente y otro menor de 16 años pertenecían a una banda delictiva que ha sembrado el pánico en…”  y, otras tantas más y que se refieren  a la delincuencia juvenil,  surge el debate de si se debería cambiar la Ley Penal del Menor.

Las líneas generales de la actual Ley Penal del Menor

La actual Ley Penal del Menor entró en vigor el 13 de enero de 2001 y desde entonces ha sufrido numerosas reformas. En su intento por amoldarse a los cambios que se han ido produciendo en la sociedad podemos destacar dos novedades principales en cuanto a la ley original: se introducen términos como la responsabilidad civil del menor y la responsabilidad civil solidaria -con el objetivo de reparar el daño a la víctima– e impone un régimen específico para todos los mayores de 14 y menores de 18 años que cometan un delito. Una última modificación (Ley Orgánica 8/2006 de 4 de diciembre) contempla la posibilidad de alargar las penas de los infractores hasta completar un máximo de cinco años dentro de un centro de menores más tres años de libertad vigilada

¿Cuándo se asume responsabilidad penal en España?

Según establece nuestro Código Penal, los menores de 14 años son inimputables penalmente y, por lo tanto, no se les aplican los tipos penales previstos en el mismo. La esencia de dicha decisión, parte de la premisa de que los menores de 14 años, por una cuestión de inmadurez mental, merecen una “segunda oportunidad” sin que sea lo más “recomendable” para su desarrollo personal y social, que accedan al “sistema” en plena niñez o adolescencia. Continue reading “MENORES DELINCUENTES” »

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LOS NUEVOS DERECHOS DE LOS ANIMALES

Publicado: 10/01/2018

 

Abogados derecho animal Bilbao

Derechos de los animales

 

El pasado mes de diciembre el Congreso aprobó, por unanimidad, la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales.

¿Qué busca esta Proposición de Ley?

Se quiere conseguir que los animales dejen de ser considerados cosas y que sean reconocidos, jurídicamente, como seres vivos. Busca eliminar la cosificación jurídica de los animales y que estos sean considerados como “seres vivos dotados de sensibilidad».

La reforma tiene como objetivos, entre otros, «asentar este principio en el Código Civil, modificar la Ley Hipotecaria para impedir que se extienda a los animales y la Ley de Enjuiciamiento Civil, para declarar inembargables a los animales«.

¿Cuál es la situación actual de los animales hasta que se apruebe esta Ley?

Hasta ahora, en España se considera a los animales meras cosas, un «bien mueble» más, que puede ser embargado a su dueño como si fuera un coche o un piso o ser incluidos en herencias sin otra consideración que su valor monetario. Además, y entre otras, la legislación actual no contempla qué pasa con una mascota en caso de ruptura familiar. Continue reading “LOS NUEVOS DERECHOS DE LOS ANIMALES” »

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DERECHO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES

Publicado: 30/10/2017

Abogados Derecho animal Bilbao

Despacho abogados en Bilbao

 

Los animales van dejando AFORTUNADAMENTE de ser un instrumento del bienestar humano, para convertirse en seres protegidos y valorados por sí mismos.

En los últimos años los animales han ido adquiriendo cierta personalidad jurídica, gracias a la presión social, a las asociaciones de protección animal y a los juristas.

Aún así, en España, si nos comparamos con otros estados miembros de la Unión Europea, vamos con cierto retraso pero vamos avanzando. En Todas las Comunidades Autónomas existe una ley de protección de los animales.

Seres vivos cada vez con más derechos…

Antiguamente los animales eran productos, mercancías, cosas que se tenían, se usaban, se intercambiaban y cuando ya no nos servían, se tiraban. Y aunque actualmente haya personas que todavía tengan esa mentalidad hacia ellos, la mayor parte de la sociedad entiende que los animales son seres sintientes.

Los seres sintientes son una rama dentro de los seres vivos que se distingue por su capacidad de sentir sensaciones físicas y psicológicas, como miedo, felicidad, dolor, y de percibir experiencias. Esta capacidad es llamada sentiencia . Continue reading “DERECHO Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES” »

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EL IMPACTO DE LOS INCENDIOS FORESTALES

Publicado: 18/10/2017

Delitos forestales y consecuencias

Abogados penalistas en Bilbao

 

Durante estos últimos días y ante la inquietud generada por el gran número de incendios y la desgracia añadida de pérdida de vidas humanas, nos hemos decidido en nuestro Despacho de Bilbao a escribir sobre la problemática de los incendios forestales: ¿Tenemos una regulación legal adecuada? ¿Se investigan los delitos forestales? ¿Por qué no se da «publicidad» a las condenas impuestas?

¿Cuáles son las causas?

Según los expertos, este 2017 va camino de convertirse en el peor año en materia de incendios de la década. Ahora bien, no se trata de un problema exclusivo de España. Hasta el 26 de Agosto, el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS) contabilizó 547.812 hectáreas afectadas por incendios dentro de la Unión Europea, un 60 % más de la media entre 2008 y 2016. Los datos ofrecidos por el MAPAMA durante el periodo del 1 de enero de 2017 al 3 de septiembre, que no incluyen las hectáreas que el fuego ha arrasado o lo está haciendo en Asturias, Galicia y León, son:

  • Se han producido 20 GIF (Grandes Incendios Forestales), un 33% más que la media de los últimos diez años, durante el mismo periodo.
  • La superficie forestal afectada: casi 85.000 hectáreas, un 17 % más que la media de la década.
  • El porcentaje de la superficie afectada en relación a la superficie forestal nacional: 0,295%.

Las condiciones de sequía y olas de calor asociadas al cambio climático. El incremento de la “combustibilidad” de nuestros montes debido al despoblamiento rural, el abandono de las actividades tradicionales, la falta de inversión y la ausencia de políticas serias que gestionen el territorio de forma ordenada y sostenible es lo que, sobre todo, y sin olvidarnos de los pirómanos, ha llenado España de potenciales “bombas forestales”. Continue reading “EL IMPACTO DE LOS INCENDIOS FORESTALES” »

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EL DELITO DE CIBERACOSO

Publicado: 25/01/2017

Delitos de ciberacoso

Abogados delitos Bilbao

 

Marco jurídico: concepto y características

En este nuevo “post” vamos a tratar un fenómeno moderno,  pero de importancia creciente, en tanto en cuanto su tasa de litigiosidad ha venido aumentando exponencialmente en los Juzgados, habiendo habiéndose constatado, incluso, casos de suicidios por el sufrimiento moral padecido.

El delito de ciberacoso constituye una modalidad de acoso, en sus vertientes escolares, laborales y/o sexuales, por lo que ostenta la misma naturaleza jurídica, diferenciada por su difusión y extensión a través de las nuevas tecnologías de la información: internet, foros, redes sociales, smartphones y videojuegos online…

Así, entre sus notas distintivas, los Tribunales han venido exigiendo, para su apreciación, de una actividad continuada o reiterada en el tiempo, acometida entre iguales, valiéndose de medios tecnológicos, y pretendiendo humillar públicamente a la víctima.

Lege esparrua: kontzeptua eta ezaugarriak

Posta berri honen bitartez erabat ekarriko dugu fenomeno modernoa. Horren garrantziak guztiz gora egin du azkenaldian; izan ere, epaitegietan horri buruzko pila bat auzi daude, eta gertatu izan dira nork bere buruaz beste egindako kasuak, biktimak pairatutako sufrimendu moralagatik.
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STALKING: EL NUEVO DELITO DE ACOSO

Publicado: 20/05/2016

Delitos acoso abogados Bilbao

Abogados penalistas Bilbao

 

Atención! Más información sobre esta materia disponible en: http://iurisbilbao.es/violencia-de-genero-el-nuevo-delito-de-acoso/

El nuevo Código Penal, tipifica en su artículo 172 ter el nuevo delito de «stalking», acecho o acoso.

Su redacción literal es la siguiente:

«1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:

1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.

2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.

3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.

4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella«.

Se trata de un delito contra la libertad, que regula aquellas conductas que, sin poder llegar a ser calificadas como amenazas o coacciones, menoscaban gravemente el sentimiento de seguridad de la víctima, a la que se somete a persecuciones o vigilancias constantes, llamadas reiteradas, u otros actos continuos de hostigamiento.

Es una figura legal novedosa que ya se ha aplicado por primera vez por parte de los Tribunales españoles, mediante la Sentencia de 23 de marzo de 2016, dictada en el proceso Diligencias Urgentes 260/2016, por el Juzgado de Instrucción nº3 de Tudela (Navarra), en un caso de acecho a una mujer mediante llamadas telefónicas y mensajes de texto, algunos de contenido sexual. Continue reading “STALKING: EL NUEVO DELITO DE ACOSO” »

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¿CÓMO PROBAR UN CASO DE ACOSO ESCOLAR?

Publicado: 28/03/2016

Abogados expertos penalalistas en Bilbao

El acoso escolar o bullying

 

No vamos a centrar este post en explicar en qué consiste el acoso escolar, puesto que prácticamente todas las semanas nos encontramos, en prensa o en televisión, con un caso nuevo de «bullying» y lo cierto es que existen tantas ‘variedades’ de este tipo de violencia, como de menores victimas y de agresores.

En síntesis, el acoso escolar es una forma de coacción, presión, intimidación y/o vejación física o psíquica que se ejerce en el ámbito escolar y que acaba afectando a la esfera emocional e integral de un menor.

¿Cómo probar la existencia de un caso de acoso escolar?

Muchas veces (tal y como hace un par de semanas escuchamos en un reportaje de televisión) el problema no solo es detectarlo a tiempo y evitar que continúe, sino probar que dicha situación de acoso se ha puesto en conocimiento del Centro Escolar (como organismo obligado a evitar que este tipo de situaciones se produzcan).

Como no son pocas las veces en las que los responsables de Centros Educativos y sus profesores se quedan ‘mudos’ en los procesos judiciales de este tipo (ante el miedo a perder su puesto de trabajo o como ‘defensa’ frente a acusaciones sobre su falta de respuesta diligente) consideramos que una buena medida puede ser realizar las comunicaciones sobre este tipo de materias (a la mínima sospecha sobre su posible existencia) mediante Burofax, en orden a tener constancia fehaciente sobre dicha transmisión de información. Continue reading “¿CÓMO PROBAR UN CASO DE ACOSO ESCOLAR?” »

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INSULTAR YA NO ES DELITO…

Publicado: 17/01/2016

Abogados especializados en delitos en Bilbao

Abogados Penalistas en Bilbao

 

Insultar ya no es delito…

Y lo decimos muy en serio, porque salvo excepciones (es decir, salvo en los supuestos de violencia de género y de violencia doméstica) tras la reforma del Código Penal (que entró en vigor el pasado mes de julio de 2015) las antiguas faltas de injurias o de vejaciones han quedado despenalizadas y, por lo tanto, proferir insultos ha dejado de ser una infracción penal.

De este modo, faltar al honor de una persona de un modo leve, insultándole o vejándole, ya no será algo que deba ser conocido por los Juzgados de Instrucción y únicamente podrá ser perseguido en vía civil, tras la correspondiente demanda (con el consiguiente gasto y dilación).

Es decir, las típicas peleas entre vecinos (un clásico de los juicios de faltas) ya no coparán las agendas de los Juzgados una vez por semana…

¿Qué efectos tiene esta modificación legal?

Unos positivos….

A priori, desde luego, no parece una mala novedad legal, puesto que en la mayoría de estos casos ya resultaba de aplicación el principio de intervención mínima del Derecho Penal, al tratarse de cuestiones sin clara trascendencia penal (pensemos, por ejemplo, en las discusiones surgidas en el ámbito de un conflicto laboral), pero también puede tener consecuencias «negativas».

Algunos negativos…

Y es que, la más evidente de estas últimas resulta ser el hecho de que una injuria (aunque sea leve) pueda quedar impune y, por ende, que las faltas de respeto comiencen a considerarse «normales» y «asumibles» socialmente. Continue reading “INSULTAR YA NO ES DELITO…” »

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¿ES NECESARIO PRESENTARSE A UN JUICIO POR DELITO LEVE?

Publicado: 15/11/2015

Abogados Penalistas en Bilbao

Abogados delitos en Bilbao

 

Muchos clientes nos preguntan, tras ser citados para comparecer en un Juicio por Delito Leve (los antiguos Juicios de Faltas), qué tienen que hacer y, sobre todo, si es obligatoria su asistencia.

¿Es obligatorio presentarse?

La regla general es que toda citación judicial debe ser atendida y que, por lo tanto, todo ciudadado debe acudir a requerimiento judicial.

No obstante, existen diferentes situaciones procesales y también diferentes «reglas» para cada una de ellas.

Para el supuesto de ser el denunciante….

La asistencia, en el caso del denunciante, es obligatoria y de no comparecer (salvo que se trate de una justa causa), puede imponérsele una multa de entre 200€ y 2.000€.

¿Y si eres el denunciado?

En el caso de ser el denunciado en el procedimiento, la asistencia también es obligatoria, pero existe una excepción (prevista en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

De este modo, si el denunciado vive fuera de la demarcación del Juzgado, puede acreditar dicha residencia y presentar alegaciones de descargo por escrito o apoderar a un abogado para que actúe en el juicio y presente pruebas en su defensa. Continue reading “¿ES NECESARIO PRESENTARSE A UN JUICIO POR DELITO LEVE?” »

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