Archivo de la etiqueta: a herencias y testamentos

NO DONES… MUÉRETE!!!

Publicado: 21/10/2017

Abogados herencias y testamentos Bilbao

Herencias y testamentos Bilbao

 

TESTAR O DONAR: This is the cuestion…

¿Qué es mejor? Claro que esa es la cuestión. No es fácil responder ya que depende, siempre, de cada caso particular. Ambas tienen efectos distintos por el momento en el que surte efecto la transmisión de los bienes. En la herencia la transmisión se produce tras el fallecimiento de quien los lega y en la donación, desde que se formaliza.

Unos comentarios generales sobre ambas figuras…

En las herencias muchas son las comunidades autónomas que dejan prácticamente sin gravar por el impuesto de sucesiones y donaciones y en todas hay beneficios fiscales.

No hay una regla general. Por lo cual, en un caso de herencia o donación con circunstancias parecidas, en el que se herede o recibe una donación de los mismos bienes o activos entre los mismos miembros de la familia, el pago de impuestos resultaría totalmente diferente según la residencia del donante y beneficiario. Esto también varía dependiendo de dónde estén ubicados los bienes o activos.

A efectos prácticos, resulta más barato heredar que recibir una donación, pero la donación, nos da más flexibilidad a la hora de repartir nuestros bienes y se puede realizar una donación aplicando condiciones como, por ejemplo, la imposición de una tarea determinada que, de no cumplirse en las condiciones impuestas, revocase la donación. También se podría revocar si hubiera malos tratos físicos o psicológicos por parte del receptor al donante. Continue reading “NO DONES… MUÉRETE!!!” »

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DEPENDENCIA FAMILIAR, ¿CÓMO TRAMITARLA?

Publicado: 27/09/2017

Abogados de Familia en Bilbao

Dependencia familiar y ayudas sociales

 

Hay un tema que está llegando, cada vez con más presencia, a nuestra sociedad y a nuestras familias y que está preocupando por su problemática implicación en todos los órdenes de la vida de la personas afectadas.

Senide nagusien mendetasun egoera, gizartean, orokorrean, eta familia arloan, bereziki, gero eta garrantzi gehiago irabazten ari den gai bat da, ezin baitugu alde batera utzi egoera honek dakartzen ondorio larriak, pairatzen dituen pertsonen bizitzetan.

La esperanza de vida sigue una tendencia creciente. En 2012, las mujeres españolas eran las más longevas de la Unión Europea. Los españoles ocupan la tercera posición a nivel comunitario por detrás de suecos e italianos.

Según el EUSTAT (Instituto Vasco de Estadística) la esperanza de vida en Euskadi se sitúa entre las mayores del mundo, teniendo los hombres una esperanza de vida media de 77,2 años y las mujeres de 84,3 años. Estos datos proyectados al 2020 nos dicen que las mujeres estarán en una media de esperanza de vida de 87,3 años y los hombres en 81,2 años.

Bizi iraupena gora doa etengabe. 2012an, emakume espainarrak Europar Batasuneko urtetsuenak ziren. Bestalde, gizonek hirugarren tokia hartzen zuten zerrenda kumonitarioan, suediar eta italiarren atzean.

Euskal Estatistika Erakundearen (EUSTAT) arabera, euskaldunen bizi iraupena munduko handienetakoen artean kokatzen da, gizonek, batezbesteko 77,2 urteko bizi iraupena izanik, eta emakumeek, berriz, 84,3 urtekoa. Datu hauek etorkizunera eramanda, 2020an, emakumeak 87,3 urte inguruz bizi izango dira eta gizonak, ordea, 81,2.

¿Hay alguna enfermedad asociada a la edad y que tenga consecuencias juridico-legales? 

Dos de las enfermedades importantes asociadas a la edad son: la demencia senil y el Alzheimer y que a su vez son dos de las causas de dependencia en nuestros mayores. Ambas son enfermedades neurológicas, irreversibles y degenerativas. Continue reading “DEPENDENCIA FAMILIAR, ¿CÓMO TRAMITARLA?” »

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¿QUÉ PUEDO INCLUIR EN MI TESTAMENTO?

Publicado: 07/08/2017

Abogados herencias Bilbao

Herencias y Testamentos en Bilbao

 

Cada vez son más las personas que nos consultan como pueden articular sus últimas voluntades en un testamento. Nuestra respuesta es siempre la misma: en principio, si bien el testador puede establecer las designaciones que considere oportunas (nombrar los herederos que quiera, señalar a un albacea de confianza para que vele por el cumplimiento de su voluntad, establecer las sustituciones que considere oportunas, etc.); en la práctica hay determinados aspectos que pueden pasar desapercibidos, pero que merecen ser tenidos en consideración.

A través del post de hoy, nuestro despacho de abogados de Bilbao, aborda esta cuestión:

Gero eta pertsona gehiago galdetzen digute ea nola bidera ditzaten haien azkeneko borondatea testamentu baten bidez. Erantzun bera ematen dugu beti: printzipioz, testamentugileak nahi dituen izendapenak egin ditzaken arren (oinordekoak adierazi, edota konfidantzazko testamentu-betearazlen bat, beharrezkoak diren ordezkapenak ezarri, etab.); eremu praktikoan, badira hainbat kontu, oso garrantzitsuak direnak, baina askotan ohartzen ez garenaz. Gaurko post-aren bidez, gure Bilboko abokatu-bulegoak gai hau jorratzen du:

En primer lugar, ¿existe alguna limitación a la hora de hacer testamento?

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¿QUÉ IMPUESTOS DEBO PAGAR SI RECIBO UNA HERENCIA?

Publicado: 24/05/2017

 

Despachos de abogados herencias en Bilbao

Abogados herencias y testamentos Bilbao

 

A nadie se le escapa el hecho de que actualmente vivimos sobresaturados de impuestos: hoy en día hay que pagar por percibir rentas, por tener un piso en propiedad, por hacer la compra de la semana, etcétera.

Y evidentemente, cobrar una herencia no iba a ser menos.

En un principio, cualquiera podría pensar que heredar es algo positivo: y es que quien hereda se enriquece porque adquiere más bienes. Y técnicamente, así debería ser, pero sin embargo, no hay que obviar el hecho de que nos guste o no, estamos obligados a reservarle una parte del pastel a Hacienda.

Pues bien, a través del post de hoy, nuestro despacho de abogados en Bilbao, realiza un pequeño análisis de los principales impuestos a pagar a la hora de cobrar una herencia.

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DERECHO SUCESORIO VASCO: PODERES TESTATORIOS

Publicado: 16/04/2017

 

Abogados testamentarias Bilbao

Herencias y Testamentos en Bilbao

 

En entradas anteriores de este blog, nuestro despacho de abogados de Bilbao abordaba las novedades introducidas por la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, especialmente aquellas relativas al ámbito sucesorio. En la entrada de hoy, por su parte, analizaremos con mayor profundidad los poderes testatorios, una figura de gran trascendencia y utilidad práctica que sigue muy arraigada en nuestro territorio.

Blog honetako aurreko sarreretan, gure Bilboko abokatu-bulegoak 5/2015 Legeak, ekainaren 25ekoak, Euskal Zuzenbide Zibilari buruzkoak, sartutako berritasunez aritu ginen, oinordetzen arloan bereziki. Gaurko sarreran, bestalde, ikuspegi sakonagoa emango diegu testamentu-ahalordeei; oso garrantzi eta erabilgarritasun praktiko daukan figura bat, eta gure lurraldean oraindik erabat finkatuta mantentzen dena.

¿Qué es un poder testatorio? ¿Dónde se encuentra regulado?

Actualmente la figura se encuentra regulada en los artículos 30 y siguientes de la citada Ley 5/2015. En este sentido, el punto de partida viene establecido por el artículo 30, según el cual “El testador puede encomendar a uno o varios comisarios la designación de sucesor, la distribución de los bienes y cuantas facultades le correspondan en orden a la transmisión sucesoria de los mismos.”.

Es decir, se trata de un poder en virtud del cual, una persona (comitente) concede a otra (comisario) la capacidad para tomar cualesquiera decisiones relativas a su sucesión, presumiendo claro está, que el otorgante fallezca antes. Como puede advertirse, se trata de una encomienda muy importante por lo que se requiere plena confianza entre las partes. Por ello, si bien es cierto que en principio, el comitente puede designar comisario a cualquier persona, lo más habitual en la práctica, es que sean los propios cónyuges los que se otorguen un poder testatorio entre sí. En euskera está circunstancia se conoce como “alkarpoderoso”. Continue reading “DERECHO SUCESORIO VASCO: PODERES TESTATORIOS” »

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PASOS PARA COBRAR UNA HERENCIA

Publicado: 17/02/2017

Abogados testamentos y herencias Bilbao

Proceso para cobrar una herencia

 

Consideraciones previas a tener en cuenta en el Derecho Civil Vasco y en el Territorio Común

En primer lugar, hay que considerar que la entrada en vigor de la Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco, fija la legítima en un tercio (⅓) de la herencia, siendo el resto de libre disposición. En caso de no haber testamento, heredarán primero los hijos y descendientes; segundo, el cónyuge viudo/a o la pareja de hecho; tercero, los padres y ascendientes; y, finalmente, los hermanos y colaterales.

Por el contrario, en el Territorio Común la legítima amplia se fija en dos tercios (⅔) de la herencia, siendo el tercio (⅓) de la legítima estricta a repartir entre los legitimarios, y el otro tercio (⅓) de mejora para cualquiera de los hijos o descendientes. El último tercio (⅓) será de libre disposición. Si el testador falleciera sin testar, tendrán derechos hereditarios, por este orden, los hijos y descendientes, los ascendientes, cónyuge viudo/a o la pareja de hecho, los colaterales y el Estado, respectivamente.

Euskal Zuzenbide Zibilean eta Esparru Erkidean kontuan hartu beharreko aurretiazko oharrak

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¿SE PUEDE DESHEREDAR A UN HIJO?

Publicado: 18/12/2016

Herencias y testamentos en Bilbao

Desheredar a un hijo

 

¿Qué es la desheredación?

La desheredación consiste en un acto por el cual el testador decide, en su testamento, privar de la legítima a cualquiera de sus herederos forzosos, mediante una serie de causas legales establecidas en el Código Civil.

Cuando en la citada desheredación concurren ambos requisitos, es decir, su previsión testamentaria y la expresión de la causa en la que se funda, se considera que la desheredación es justa, y, en ausencia de alguno de ellos, injusta, pudiendo, en ese caso, anularse.

Zer da jaraunsgabetzea?

Jaraunsgabetzea da testamentugilearen egintza. Horrek testamentuan erabat adieraz dezake bere borondatea dela nahitaezko jaraunsleei seniparteaz gabetzea; hain zuzen ere, Kode Zibilak ezarritako legezko arrazoi zehatzen bitartez.

Gauzak horrela, uste izango da jaraunsgabetzea zuzena dela, baldin eta arestian aipatutako bi betekizunak betetzen badira: testamentuan jasotzea eta arrazoia aipatzea; bestela, bidegabetzat joko da, eta, kasu horretan, deuseztagarria izango litzateke.

¿Cuáles son las causas de desheredación?

Entre las causas de desheredación se encuentran las siguientes: haber sido condenado judicialmente por atentar contra la vida del testador, la de su cónyuge, descendientes o ascendientes; haber negado, sin motivo legítimo, alimentos a sus progenitores o ascendientes; o haberles injuriado o maltratado físicamente o de obra, siendo posible la reconciliación entre el ofensor y el testador. Continue reading “¿SE PUEDE DESHEREDAR A UN HIJO?” »

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¿CÓMO SE COMPUTAN LAS DONACIONES REALIZADAS A UN HIJO?

Publicado: 01/11/2016

Abogados herencias Bilbao

Herencias y Donaciones

 

Abordamos en este nuevo post de nuestro Blog la figura jurídica de las donaciones y sus consecuencias legales, en especial, en relación a aquellas realizadas por el testador en vida y su tratamiento tras su fallecimiento.

            ¿Qué es la donación?

La donación se define como un acto de liberalidad por el que una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de un tercero, aceptando este último, por lo que constituye una de las formas legales de adquirir y de transmitir tanto la propiedad como los derechos sobre los bienes, de acuerdo con los artículos 609 y 618 del Código Civil (en adelante, CC), si bien es, asimismo, revocable.

Zer da dohaintza egitea?

Dohaintza askatasunez egindako egintza da. Horren bitartez, pertsona batek gauza bat xedatzen dio  hirugarren bati, eta azken horrek onartu egiten du. Beraz, legeak ondo bai ondo ezartzen du bai jabetza, bai ondasunen gaineko eskubideak eskuratzeko eta besterentzeko modu bat dela, Kode Zibilaren (aurrerantzean, KZren) 609 eta 618. artikuluekin bat etorriz; hala ere, berez ezeztagarria da. Continue reading “¿CÓMO SE COMPUTAN LAS DONACIONES REALIZADAS A UN HIJO?” »

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¿CÓMO REALIZAR UN TESTAMENTO VITAL?

Publicado: 22/07/2016

Abogados en Bilbao

Testamento Vital o Voluntades Anticipadas

 

¿Qué es un documento de voluntades anticipadas?

Se trata de un documento en el que una persona mayor de edad y no incapacitada, indica, de manera libre y meditada, cómo quiere que se le trate si concurre una circunstancia médica en la que no sea capaz de manifestar su voluntad.

Además, en dicho documento, se puede dejar designada a una o varias personas como interlocutores válidos ante los profesionales de la salud, para que actúen y decidan en nombre del paciente si éste no puede expresar su voluntad.

¿Qué requisitos legales tiene que cumplir?

Este documento debe estar formalizado por escrito de alguno de los siguientes modos:

ante tres testigos (los testigos serán personas mayores de edad, con plena capacidad de obrar y no vinculadas con el otorgante por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco -hasta segundo grado- o relación patrimonial alguna).

ante Notario.

ante el funcionario o empleado público encargado del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.

El documento puede revocarse o modificarse su contenido, en cualquier momento, prevaleciendo el último de ellos.

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COBRAR UNA HERENCIA CUANDO NO HAY TESTAMENTO…

Publicado: 05/05/2016

Abogados especialistas en la gestión de herencias

Abogados herencias y testamentos en Bilbao

 

Existen muchas personas previsoras que realizan diferentes testamentos a lo largo de su vida, en orden a mostrar su voluntad sobre el modo en que quieren que sus bienes sean adjudicados a sus herederos.

De hecho, incluso son muchas las personas que están cambiando su testamento después de la nueva Ley sobre herencias y testamentos que tenemos en Euskadi desde el mes de octubre de 2015, que permite desheredar a varios hijos dejando como heredero universal solo a uno de ellos.

Pero también hay fallecimientos inesperados de personas que nos dejan sin haber otorgado testamento y resulta importante saber cómo se tramitan ese tipo de herencias.

¿Qué sucede si el causante fallece sin testamento?

Para aclarar esta situación denominada ‘sucesión intestada’ y poder llegar a realizar las adjudicaciones de los bienes que integran la herencia, el primer trámite que hay que realizar es un Acta Notarial de Declaración de Herederos, en orden a que éstos queden identificados.

Se trata de un Expediente de Jurisdicción Voluntaria que compete al Notario (antes de la Ley 15/2015, de 2 de julio de 2015, de Jurisdicción Voluntaria, se realizaba por el juez) en el que se establece quienes están llamados a heredar dada la ausencia de testamento (o, por ejemplo, al haberse declarado nulo el testamento o cuando los herederos designados han premuerto al testador, sin estar prevista su sustitución). Continue reading “COBRAR UNA HERENCIA CUANDO NO HAY TESTAMENTO…” »

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