Archivo de la etiqueta: abogados delitos bilbao

?¿CÓMO SE HACE UNA DENUNCIA❓❓

Publicado: 24/09/2023

Abogados penalistas y denuncias Bilbao

Abogados especialistas delitos y denuncias Bilbao

 

Nuestros abogados Bilbao son abogados penalistas Bilbao, especialistas en la tramitación de procesos penales (como acusación y defensa) y en la gestión de procedimientos penales de menores; y vamos a explicarte cómo se hace una denuncia y en qué consiste un proceso penal.

Cualquier persona puede verse en la necesidad o en la obligación de presentar una denuncia ante unos hechos que presume delictivos. Llegado el caso, ¿cómo y dónde debe hacerse?

Qué es una denuncia

Una denuncia es la puesta en conocimiento de la autoridad judicial, Ministerio Fiscal o Policía, de la comisión de unos hechos susceptibles de ser considerados delictivos. La Ley obliga a denunciar de manera inmediata a toda aquella persona que presencie la perpetración de un delito (art. 259 LECr).

No obstante, no estarán obligados a denunciar al delincuente los impúberes, ni quien no goce del pleno uso de su razón, el cónyuge, pareja de hecho o persona que conviva con él en análoga relación de afectividad, sus ascendientes, descendientes o parientes colaterales hasta el segundo grado, salvo cuando se trate de un delito contra la vida, de un delito de homicidio, de un delito de lesiones, de un delito de maltrato habitual, de un delito contra la libertad o contra la libertad e indemnidad sexual o de un delito de trata de seres humanos y la víctima del delito sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección (art. 261 LECr).

La denuncia podrá hacerse por escrito o de palabra, personalmente o por mandatario con poder especial (art. 265 LECr). Si se realiza de manera escrita, la denuncia deberá ir rubricada por el denunciante y la autoridad o funcionario que la reciba rubricará y sellará todas las hojas en su presencia. Si se realizara de forma verbal, la autoridad o funcionario levantará acta de la declaración del denunciante y se firmará por ambos.

Para facilitar la investigación, es importante aportar en la denuncia cuanta información y circunstancias relativas a los hechos denunciados sea posible, sobre qué ha sucedido, cuándo y dónde; identificación de las personas involucradas si se conoce, su descripción (altura, complexión, género, color de pelo, ropa, tatuajes…), así como cualquier dato que ayude a su identificación y localización; objetos, herramientas o armas que se hubieran utilizado; daños producidos…

La interposición de una denuncia debe estar revestida de veracidad, puesto que si se denuncia a alguna persona de manera falsa o con temerario desprecio hacia la verdad, supondrá una infracción penal que conllevará la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave; con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave; o, con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve (art 456 CP). De igual modo, será castigado con multa de seis a doce meses quien simule ser víctima de un delito inexistente (art 457 CP).

Así mismo, es necesario reseñar, que la denuncia se diferencia de la querella, en que mediante esta última se ejerce la acción penal frente al responsable y convierte en parte, dentro de un proceso penal, a quien la interpone.

Dónde se presenta

Continue reading “?¿CÓMO SE HACE UNA DENUNCIA❓❓” »

Vota aquí para valorar este contenido:

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (10 votos, promedio: 4,50 de 5)
Cargando...

¿POR QUÉ NO SE PUEDE DENUNCIAR UN INCUMPLIMIENTO DE VISITAS?

Publicado: 10/01/2016

Despacho de abogados separaciones y divorcios Bilbao

Abogados De Familia en Bilbao

 

Tras la reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado mes de julio de 2015, el incumplimiento del régimen de visitas establecido en un Convenio o en una Sentencia de Divorcio o de regulación de medidas paterno -filiales, ha dejado de ser una falta, es decir, se ha despenalizado dicha conducta y ello está generando diferentes «efectos».

¿Cúales son las consecuencias?

Por un lado, la jurisdicción penal se ha «descongestionado» de lo que antes eran unos juicios de faltas que tenían un trasfondo de «conflicto post-divorcio» que, en realidad, debía ser analizado y resuelto por el Juzgado de familia competente en orden a regularizar las relaciones familiares de forma permanente.

Pero, por otro lado, la reforma ha abierto la «caja de Pandora» a posibles utilizaciones fraudulentas de este nuevo «vacío legal», generando situaciones de incumplimientos unilaterales de los regímenes de visitas, que han dejado de poder ser denunciados y resueltos de un modo más o menos inmediato.

Y es que, muchos clientes nos preguntan…

¿Esto significa que el otro padre/madre puede hacer lo que le venga en gana y yo me tengo que meter en un proceso judicial que, encima, no me va a resolver el problema de forma rápida? Continue reading “¿POR QUÉ NO SE PUEDE DENUNCIAR UN INCUMPLIMIENTO DE VISITAS?” »

Vota aquí para valorar este contenido:

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (29 votos, promedio: 5,00 de 5)
Cargando...