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¿POR QUÉ NO SE PUEDE DENUNCIAR UN INCUMPLIMIENTO DE VISITAS?

Publicado: 10/01/2016

Despacho de abogados separaciones y divorcios Bilbao

Abogados De Familia en Bilbao

 

Tras la reforma del Código Penal, que entró en vigor el pasado mes de julio de 2015, el incumplimiento del régimen de visitas establecido en un Convenio o en una Sentencia de Divorcio o de regulación de medidas paterno -filiales, ha dejado de ser una falta, es decir, se ha despenalizado dicha conducta y ello está generando diferentes «efectos».

¿Cúales son las consecuencias?

Por un lado, la jurisdicción penal se ha «descongestionado» de lo que antes eran unos juicios de faltas que tenían un trasfondo de «conflicto post-divorcio» que, en realidad, debía ser analizado y resuelto por el Juzgado de familia competente en orden a regularizar las relaciones familiares de forma permanente.

Pero, por otro lado, la reforma ha abierto la «caja de Pandora» a posibles utilizaciones fraudulentas de este nuevo «vacío legal», generando situaciones de incumplimientos unilaterales de los regímenes de visitas, que han dejado de poder ser denunciados y resueltos de un modo más o menos inmediato.

Y es que, muchos clientes nos preguntan…

¿Esto significa que el otro padre/madre puede hacer lo que le venga en gana y yo me tengo que meter en un proceso judicial que, encima, no me va a resolver el problema de forma rápida? Continue reading “¿POR QUÉ NO SE PUEDE DENUNCIAR UN INCUMPLIMIENTO DE VISITAS?” »

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LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LOS DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO

Publicado: 18/09/2015

violencia de genero abogados bilbao

Abogados penalistas Bilbao

 

Tal y como os comentamos en nuestro post dedicado al «Nuevo Delito de Acoso», tras la reforma del Código Penal del pasado día 1 de julio de 2015, han sido varias las modificaciones introducidas en el ámbito de los delitos de violencia doméstica y de violencia de género.

El objetivo global de estos cambios, se circunscribe dentro de la implementación de varias Directivas Europeas:

En concreto, de la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre, que crea la Orden Europa de Protección y de la Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre de 2012, por el que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos.

¿Cuáles son las principales novedades?

Inclusión de la agravante «de género» en el artículo 22.4 CP

El artículo 22.4º CP ha modificado su redacción, para incluir el «género» como un tipo de discriminación específica.

De este modo, si dentro del proceso penal tramitado por presunta comisión de un delito de maltrato – violencia doméstica, violencia de género y lesiones leves – (artículo 153.1 y 153.2 CP), se acredita que el sujeto activo cometió el delito contra la víctima por motivos de género, le será aplicable esta agravante. Continue reading “LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL Y LOS DELITOS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO” »

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INSULTOS Y AMENAZAS A TRAVÉS DEL MÓVIL

Publicado: 17/11/2014

 

Insultos y amenazas

Insultos y amenazas…

 

Hace unos meses publicamos un post en nuestro Blog sobre los insultos y las amenazas realizados a través de las redes sociales y en este caso, hemos decidido centrarnos en algo cada vez más habitual: las injurias y las calumnias proferidas utilizando un móvil, a través, por ejemplo, de los servicios ‘sms’ o ‘whatsapp’.

Hay que precisar, con carácter previo, que injuriar a alguien es insultarle y que caluminar a una persona es imputarle un delito.

Las relaciones sociales cada vez son mas ‘virtuales’ y, por lo tanto, cada vez mantenemos mas conversaciones utilizando los móviles.

Así, en el caso de que en el ámbito de dichas conversaciones se produzcan insultos, vejaciones, amenazas o calumnias, lo primero que hay que hacer es documentar la infracción: guardar los archivos en soporte digital (por ejemplo, guardar los emails o las fotografías – pantallazos – en archivos digitales), conservar las conversaciones en el dispositivo móvil e incluso, encargar un acta notarial para registrar dicho contenido. Continue reading “INSULTOS Y AMENAZAS A TRAVÉS DEL MÓVIL” »

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TENGO UN JUICIO DE FALTAS: ¿NECESITO UN ABOGADO?

Publicado: 13/10/2014

Juicio de faltas

Juicio de faltas…

 

Atención! Última actualización legal sobre esta materia disponible en: http://iurisbilbao.es/es-necesario-presentarse-juicio-por-delito-leve-bufete-abogados-penalistas-bilbao/

En muchas ocasiones, los clientes se acercan a nuestro Despacho de abogados de Bilbao y nos preguntan si tienen que ‘llevar’ un abogado para acudir a un juicio de faltas

Por nuestra parte, la respuesta es clara: no es necesario

No obstante, merece la pena realizar las siguientes precisiones al respecto:

Los juicios de faltas son aquellos en los que se dirimen conflictos penales de ‘reducida’ importancia. Procesos que no requieren de fase de instrucción (de investigación) y en los que, tras la presentación de una denuncia, puede celebrarse juicio directamente. 

Son procedimientos que no generan antecedentes penales (las condenas no se integran en ningún registro) y que tratan de las siguientes materias: lesiones leves, injurias y/o calumnias leves, incumplimientos de obligaciones familiares,…

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