¿Cuándo concurre un delito de sustracción de menores?
Una de las consecuencias de la ruptura de la relación conyugal, es la de la salida de uno de los cónyuges de la que, hasta ese momento, había sido la residencia habitual de ambos.
La adjudicación de la custodia de los menores, ya sea de manera exclusiva a uno de los progenitores, ya de manera compartida, lleva aparejado el hecho de que los menores residan por periodos más o menos extensos, según las circunstancias de cada caso, exclusivamente con uno de ellos; o con los dos de manera alternativa.
Pero, si uno de los progenitores quisiera cambiar de residencia ¿podría hacerlo?¿Podría llevarse consigo al hijo menor?¿Si lo hace puede incurrir en algún delito?