Archivo de la etiqueta: insultos

INSULTAR YA NO ES DELITO…

Publicado: 17/01/2016

Abogados especializados en delitos en Bilbao

Abogados Penalistas en Bilbao

 

Insultar ya no es delito…

Y lo decimos muy en serio, porque salvo excepciones (es decir, salvo en los supuestos de violencia de género y de violencia doméstica) tras la reforma del Código Penal (que entró en vigor el pasado mes de julio de 2015) las antiguas faltas de injurias o de vejaciones han quedado despenalizadas y, por lo tanto, proferir insultos ha dejado de ser una infracción penal.

De este modo, faltar al honor de una persona de un modo leve, insultándole o vejándole, ya no será algo que deba ser conocido por los Juzgados de Instrucción y únicamente podrá ser perseguido en vía civil, tras la correspondiente demanda (con el consiguiente gasto y dilación).

Es decir, las típicas peleas entre vecinos (un clásico de los juicios de faltas) ya no coparán las agendas de los Juzgados una vez por semana…

¿Qué efectos tiene esta modificación legal?

Unos positivos….

A priori, desde luego, no parece una mala novedad legal, puesto que en la mayoría de estos casos ya resultaba de aplicación el principio de intervención mínima del Derecho Penal, al tratarse de cuestiones sin clara trascendencia penal (pensemos, por ejemplo, en las discusiones surgidas en el ámbito de un conflicto laboral), pero también puede tener consecuencias «negativas».

Algunos negativos…

Y es que, la más evidente de estas últimas resulta ser el hecho de que una injuria (aunque sea leve) pueda quedar impune y, por ende, que las faltas de respeto comiencen a considerarse «normales» y «asumibles» socialmente. Continue reading “INSULTAR YA NO ES DELITO…” »

Vota aquí para valorar este contenido:

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (29 votos, promedio: 4,97 de 5)
Cargando...

INSULTOS Y AMENAZAS A TRAVÉS DEL MÓVIL

Publicado: 17/11/2014

 

Insultos y amenazas

Insultos y amenazas…

 

Hace unos meses publicamos un post en nuestro Blog sobre los insultos y las amenazas realizados a través de las redes sociales y en este caso, hemos decidido centrarnos en algo cada vez más habitual: las injurias y las calumnias proferidas utilizando un móvil, a través, por ejemplo, de los servicios ‘sms’ o ‘whatsapp’.

Hay que precisar, con carácter previo, que injuriar a alguien es insultarle y que caluminar a una persona es imputarle un delito.

Las relaciones sociales cada vez son mas ‘virtuales’ y, por lo tanto, cada vez mantenemos mas conversaciones utilizando los móviles.

Así, en el caso de que en el ámbito de dichas conversaciones se produzcan insultos, vejaciones, amenazas o calumnias, lo primero que hay que hacer es documentar la infracción: guardar los archivos en soporte digital (por ejemplo, guardar los emails o las fotografías – pantallazos – en archivos digitales), conservar las conversaciones en el dispositivo móvil e incluso, encargar un acta notarial para registrar dicho contenido. Continue reading “INSULTOS Y AMENAZAS A TRAVÉS DEL MÓVIL” »

Vota aquí para valorar este contenido:

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (20 votos, promedio: 5,00 de 5)
Cargando...

TWITTER Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Publicado: 04/06/2014

Libertad de expresion...

Libertad de expresion…

 

En las redes sociales, como en cualquier lugar o situación de nuestro entorno, se pueden cometer infracciones penales (delitos o faltas).

Desde hace unas semanas, en nuestro país, se ha abierto el debate respecto de necesidad o no de establecer una regulación más específica (e incluso más contundente) para aquellos comentarios “insultantes, injuriosos y/o amenazantes” que puedan verterse a través de Twitter.

Por ello, nuestro DEPARTAMENTO DE DERECHO PENAL, después de haber colaborado, a través de nuestra abogada Olga Rodríguez Marcos, en el análisis de esta cuestión en varios medios de comunicación (Onda Vasca y Grupo EITB), en este “post”, os explica cómo se encuentra la regulación legal sobre dicha materia, Continue reading “TWITTER Y LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN” »

Vota aquí para valorar este contenido:

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (20 votos, promedio: 5,00 de 5)
Cargando...