LUCES Y SOMBRAS DE LOS INFORMES PSICOSOCIALES

Publicado: 11/10/2017

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En los pleitos de separación o divorcio con hijos menores, cualquiera de los padres o el Juez puede pedir la prueba pericial llamada Informe Psicosocial, cuyo objeto es que un psicólogo y un trabajador social examinen a los padres y a los hijos y emitan un dictamen en el que se recomienden que la custodia se atribuya a uno u a otro, o por el contrario se establezca un sistema de custodia compartida.

El Informe Psicosocial suele tener mucha importancia a la hora de dictaminar la sentencia y muchos Juzgados se limitan a dar la custodia a uno u otro progenitor en base a dicha prueba.

Pero, ¿Qué es el informe psicosocial, en qué consiste?

Aunque no existe una línea de trabajo idéntica para todos los Equipos Psicosociales, sí que se utilizan protocolos similares. Normalmente, durante el transcurso de 3 ó 4 horas, se realizan varias pruebas que conducirá a la emisión de un informe por el Equipo Psicosocial, formado por un psicólogo o piscóloga y un trabajador o trabajadora social.

Entre las pruebas que se realizan, se hace una entrevista sobre distintos aspectos personales, una serie de test de personalidad y a los hijos, una serie de test adaptados a su nivel.

¿Qué viene a decir el Informe Psicosocial?

El Informe consta de varias páginas en las que se manifiestan los antecedentes, probablemente con frases literales entrecomilladas de la persona entrevistada , el resultado de los test, la valoración de los profesionales y una conclusión.

El Informe no acompaña las pruebas en sí, sólo los resultados de las mismas. Hay que hacer constar que en ocasiones, este Informe, se recibe, a nuestro juicio, a pocos días del juicio en Sala, lo que ocasiona una indefensión de los derechos.

¿Es definitivo el Informe para la sentencia?

A pesar de que la conclusión que alcanzan los profesionales no es vinculante para el Juzgado, sí suele condicionar el resultado y será tenida en cuenta por el Juzgado y por el Ministerio Fiscal. Suele ser la prueba fundamental de la que se auxilia el Juez para determinar en cada caso concreto las medidas que mejor representen o favorezcan al interés del menor.

¿Se puede reclamar contra un Informe Psicosocial?

En la práctica no existe ningún procedimiento para poder reclamar, ni para conseguir una rectificación en caso de equivocación. Se puede solicitar la ratificación del psicólogo de turno en una comparecencia judicial al efecto de pedir aclaraciones y donde el informe podrá ser sometido a una relativa contradicción.

¿Cúal es la situación actual?

En la actualidad existe una amplia corriente social de censura sobre los Informes Psicosociales al imputarse a los mismos falta de objetividad y en muchos casos el tener un carácter seudocientífico.

Parte de estas críticas devienen de la metodología utilizada, por el desconocimiento de los criterios decisorios, de la falta de protocolización de las entrevistas lo que imposibilita la replicabilidad científica, todo lo cual deja al entrevistado sujeto a un amplio margen de indefensión y por tanto de subjetividad.

Las sesiones y entrevistas no están sujetas nunca a ningún tipo de registro, no existen grabaciones audiovisuales de las mismas, ni siquiera audios donde se pudiera constatar que es lo que se ha dicho y lo que no.

Hay una absoluta falta de garantías para el usuario de estos servicios ya que el sujeto evaluado no tiene forma humana de acreditar sus afirmaciones ya que no se extiende ningún tipo de acta del resultado de las entrevistas, ni tampoco copia de los test realizados, por lo que no hay forma de protegerse frente a cualquier error u opinión sesgada que pudiera existir en el proceso evaluador.

Es evidente que unos informes o dictámenes de los que pueden derivar grandes y relevantes consecuencias para el progenitor y sus hijos deberían de estar fundamentados en algún esquema protocolizado para que el progenitor perjudicado pudiera impugnarlos.

¿Vemos luces?

Se empiezan a ver resoluciones que, a pesar de que el Informe Psicosocial se emite a favor de una determinada custodia, el Juez valora otras pruebas que son importantes en el procedimiento como la relación entre los progenitores y los hijos, la flexibilidad laboral, el apoyo familiar, el cumplimiento de las obligaciones paterno-filiales antes y después, la vivienda adecuada, el mismo modelo educativo y la opinión del hijo (en algunos casos).

En conclusión, es evidente que la sociedad va cambiando y que cada vez son más los padres que acuden a este tipo de pruebas para alcanzar la guarda y custodia compartida de sus hijos, pero no debemos de olvidar que no debe de bastar con la prueba del Equipo Psicosocial y nosotros, desde Despacho de Bilbao luchamos para que se tengan en cuenta otras pruebas que también son de gran importancia  en los divorcios y separaciones y que, sin lugar a dudas, requiere de una actualización legislativa urgente.

Iuris Bilbao Abogados

Si necesitáis más información, los abogados de nuestro Despacho de Bilbao pueden estudiar vuestro caso y orientaros. Estamos en el centro de Bilbao, a 200 metros de los Museos Bellas Artes y Guggenheim Bilbao.

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